martes, 20 de noviembre de 2007

DIAGNOSTICO REGIONAL CORRUPCION Y NARCOACTIVIDAD





FORO DE PRESIDENTES LEGISLATIVOS



I CUMBRE REGIONAL CONTRA LA
NARCOACTIVIDAD Y LA CORRUPCIÓN


COMISIÓN A: DIAGNÓSTICO
ACTA Nº 1
(24 DE FEBRERO DE 2000)



ASAMBLEA LEGISLATIVA , San José, Costa Rica

Presentes: Elpidio González, Legislador de la República de Panamá, ‘ Presidente de la Comisión; Carlos Arias Núñez, Fiscal General de Costa Rica; Warner Molina Ruiz, Fiscal de Delitos Económicos de Costa Rica; Carlos Humberto Arita, Subprocurador General de Honduras; Ramón Arturo Donaire, Director Centro de Informática y Estudios Legislativos de Honduras; Raúl Pineda, Asesor Legislativo de Honduras; Benjamín Odio, Abogado y Consultor de Costa Rica; Francisco Beltrand, Ministro de Seguridad Pública y Justicia de El Salvador; Antonio Capellán, Vicepresidente del Parlamento Centroamericano, en representación de la República Dominicana; Víctor Hugo Mata, Abogado y Consultor de El Salvador; José Juan Cevallos, Suplente de la Procuraduría de la Administración de Panamá; Miguel Robelo Ramírez, Secretario Ejecutivo Procuraduría General de Justicia de Nicaragua; Ana Lucía Jiménez Méndez, Directora de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa de Costa Rica; María Isabel Zúñiga Quirós, Asesora-Coordinadora Depto. Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa de Costa Rica; Dagoberto González López, Decano Colegio Universitario de Alajuela, Costa Rica; Nora María Lizano Castillo, Directora Ejecutiva-CIPET de Costa Rica; Carlos Benavides Lobo, Miembro Consejo Superior de Educación de Costa Rica; Parviz Shahidi Mejad, equipo transparencia USAID, de El Salvador; Jaime López, Co-Director Revista Probidad; Gerardo Sanabria, Abogado y Asesor Legislativo de Costa Rica; Georgina García Rojas, Asesora Parlamentaria de Costa Rica; Erick Chaves Salas, Asesor Parlamentario de Costa Rica, Lic. Hernán Vega Miranda de Costa Rica.

Asesores: Gina García y Erick Chaves.

EL PRESIDENTE:

Siendo las catorce horas se abre la sesión.

Buenas tardes a todos los asistentes a esta Comisión, en el marco de la Primera Cumbre Regional contra la Narcoactividad y la Corrupción, que se está celebrando durante todo el día, aquí, en San José de Costa Rica.

Me corresponde dirigir la sesión de trabajo que tiene que ver con el Diagnóstico de la legislación en materia de corrupción en Centroamérica y Panamá. Por el momento, no somos muchos los que estamos participando, les voy a sugerir que nos presentemos señalando el país de procedencia.

(Se procede de conformidad).

Me corresponde presentarme. Soy Legislador de la República de Panamá, pertenezco a la Comisión de Drogas y Lavado de Dinero de nuestra Asamblea Legislativa. Vengo en reemplazo de nuestro Presidente de la Comisión, el señor José Muñoz Molina quien, por motivos ajenos a su voluntad, no pudo asistir.

En esta tarde vamos a proceder a presentar una conferencia y es nuestra intención plantear la legislación en materia de corrupción en los diferentes países centroamericanos. Varios conferencistas van a exponer las debilidades y fortalezas existentes en las leyes nacionales, con la finalidad de sugerir, con vista al próximo Congreso, que se va a realizar el año próximo en la República de El Salvador.

Sabemos sí, que el problema de corrupción a nivel de los funcionarios públicos y a nivel privado, es uno de los problemas que más afecta a nuestra región, en la cual, como se mencionó durante la mañana, impide que nuestros países avancen hacia una política más seria y de mayor decencia, impiden la pérdida y el perfeccionamiento de la democracia en nuestra región, que nosotros, como funcionarios públicos, a unos niveles, y otros como políticos, tenemos, la pura obligación con nuestros conciudadanos, de ir corrigiendo los males que aquejan a nuestros pueblos desde hace muchas décadas.

De esta manera vamos a dar inicio a nuestra primera conferencista, la Dra. Magali Mc Clean, quien va a plantear el tema de la Convención Interamericana contra la Corrupción y su desarrollo desde la OEA. La Dra. Mc Clean es costarricense, licenciada en Derecho por la Universidad de Costa Rica y Máster en la American University de Washington. Actualmente labora en el Departamento de Cooperación Jurídica de la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos de la Organización de Estados Americanos. Es asesora jurídica en el tema de corrupción y asesora de probidad y ética cívica del Consejo Permanente de la OEA.

DOCTORA MAGALY McLEAN:

Buenas tardes. Primero les pido disculpas por los problemas técnicos que he tenido con la presentación que les traigo esta tarde.

Teniendo en cuenta la agenda prevista para este encuentro, quisiera referirme a los desarrollos dados en el marco de la OEA en relación con este tema y al tipo de acciones que, en el marco de la Organización, han emprendido los países para combatir este fenómeno.

En nuestra Organización, la lucha contra la corrupción, como preocupación y tema de estudio surge desde 1992, avanzó con las decisiones de la Asamblea General de 1994, y se consolida en las decisiones que toman los gobiernos en la Cumbre de Miami.

Finalmente, ese proceso de consolida con la adopción de la Convención Interamericana contra la corrupción, en marzo de 1996. Esta Convención fue el primer instrumento internacional mediante el cual un grupo de países, los de las Américas, asumieron compromisos que los vinculan no solo desde el punto de vista político, sino también desde el punto de vista jurídico para combatir la corrupción.

Sin lugar a dudas, la Convención fue un esfuerzo pionero de gran importancia en el ámbito internacional. Su adopción fue fundamental para los países industrializados que, durante años, se habían negado a asumir compromisos jurídicos en esta materia.

Esta Convención ayudó a que estos países, a finales de 1999 y el marco de la OCDE, adoptaran un Tratado con alcances más limitados sobre el soborno a funcionarios públicos extranjeros, en transacciones comerciales internacionales. De igual forma, esta ha sido un punto de referencia ineludible para el proceso que llevó a la Convención en materia penal, por parte del Consejo de Europa, a finales de 1998, así como para las negociaciones en curso de una convención contra los delitos transnacionales en el marco de Naciones Unidas.

Como resultado de un trabajo colectivo, serio y organizado, y a partir de un proyecto inicial que presentó Venezuela, se negoció un texto de convención el cual responde a una concepción integral sobre la forma en que debe combatirse este fenómeno.

Esta concepción se expresa por medio de las disposiciones de la Convención. Así, de su contenido se deduce claramente que la corrupción, en primer lugar, debe entenderse como un problema de sistemas y no simplemente de personas corruptas; por lo tanto, no basta poner en la cárcel a algunos corruptos sin solucionar las causas estructurales que generan el fenómeno, pues muy pronto otros vendrán a reemplazarlos. Por eso, las normas expresan que la lucha contra este flagelo requiere acciones tanto en el frente represivo como en el campo de la modernización institucional y tanto en el nivel nacional como internacional.

En segundo lugar, del contenido de la Convención se deduce que el combate contra la corrupción debe concebirse como un proceso de carácter permanente y no como el simple resultado de acciones puntuales u ocasionales, así como no se puede precisar un solo instante o una acción en que la corrupción haya surgido o se haya consolidado, tampoco es posible asumir que ella va a suprimirse en un solo instante, con un solo acto o una sola decisión. Por el contrario, como se infiere del texto de este Tratado, se requieren muchas decisiones en diferentes niveles y con diferentes orientaciones.

En tercer lugar, la Convención, sin desconocer la responsabilidad de los Estados por erradicar la corrupción, revela la importancia de la acción colectiva de todos los actores, en especial, la Convención reconoce la necesidad de fortalecer la participación de la sociedad civil en la prevención y la lucha contra la corrupción, y dispone que los Estados se prestarán la más amplia cooperación técnica, propiciarán el intercambio de experiencias y otorgarán especial atención a las formas y los métodos de participación ciudadana en el combate a este flagelo.

En cuarto lugar, en lo que referente a la investigación o el suministro de información por parte de entidades bancarias o financieras, la Convención representa un importante avance dentro del propósito de evitar que el secreto bancario pueda ser utilizado para encubrir o proteger a los corruptos.

En quinto lugar, en relación con el tema del derecho del asilo, la Convención logra un adecuado compromiso entre los valores protegidos con el asilo y el imperativo de que este nos sirva para encubrir o facilitar que quienes han cometido actos de corrupción eludan la acción de la justicia.

Finalmente, conviene relevar la norma incluida sobre el enriquecimiento ilícito. Según ella, los Estados que aún no lo han hecho, adoptarán las medidas necesarias para tipificar este delito en su derecho interno y entre los que ya lo han realizado, este será considerado como un acto de corrupción para los propósitos de la Convención.

Seguidamente, permítanme referirme a las acciones concretas que, en el marco de la Organización, se han llevado a cabo, tanto en el marco político como en el marco de la Secretaría General.

Primero, quisiera referirme un poco a la vigencia de la Convención. En este momento, existen 26 países de los 34 Estados miembros, han firmado este Tratado, lo cual significa que aún 23.5% de los países, lo que equivale a 8% de los países, necesitan firmar este Tratado para que, efectivamente, pueda ser vigente en todo el hemisferio.

Respecto del estado de las ratificaciones de esta Convención, existen 17 países de los 34 Estados miembros de la OEA, que ya la han ratificado, lo cual significa que aún necesitamos 17 firmas para poder afirmar que la totalidad de los países han adoptado y ratificado este Tratado.

En cuanto a los países centroamericanos, únicamente uno de estos países no ha ratificado la Convención; los demás no solo la han adoptado, sino que también la han ratificado.

Los países que han ratificado la Convención: son Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela.

Quisiera referirme un poco a los avances que, en el marco de la Asamblea General, se han dado con posterioridad a la adopción de esta Convención. En primer lugar, dentro de las acciones que se tomaron en el marco de la Asamblea General y del Consejo Permanente de la Organización, en junio de 1997, está la adopción de un programa interamericano de lucha contra la corrupción. En este programa, los Estados, los Gobiernos, definen acciones muy concretas, que se comprometen a desarrollar en los próximos años, en diferentes ámbitos, tanto en el jurídico como en el ámbito institucional e internacional y se refieren también a la importancia de la participación de la sociedad civil en este proceso.

Además, en noviembre de 1998, se realiza un simposio sobre probidad en Santiago de Chile, en el cual los representantes de los países llegan a una serie de conclusiones y recomendaciones muy específicas, que tienen que ver con las actividades del intercambio de información entre los Gobiernos.

Asimismo, se recomienda el reinicio de las labores del grupo de probidad y ética cívica, en este grupo originalmente se inician las negociaciones y la redacción de los primeros borradores de la Convención Interamericana Contra la Corrupción. El grupo empieza a funcionar a principios de este año; más adelante voy a referirme un poco a las actividades que, dentro del marco de este grupo, se están desarrollando.

Dentro de este simposio los Gobiernos consideran importante continuar con una labor que ya había iniciado la Secretaría General, referente a la recopilación de legislación que en la materia, tienen todos los países del hemisferio.

También en este simposio las recomendaciones recalcan la importancia de avanzar en la implementación de las medidas preventivas de la convención y no quedarnos únicamente en los aspectos de carácter represivo. Una iniciativa del Secretario General que se cree importante en este simposio es la consolidación de una red hemisférica de instituciones, de expertos y de intercambio de información, que la Secretaría General ya ha puesto en operación.

En el marco del Comité Jurídico Interamericano, el Comité en diferentes sesiones también considera el tema de la lucha contra la corrupción, y redacta diferentes leyes modelo sobre el soborno transnacional y el enriquecimiento ilícito. Más que redactar un articulado específico sobre estos temas, el Comité Jurídico Interamericano lo que hace es redactar unas guías para el legislador, que contienen aquellos elementos que deberían tomarse en consideración a la hora de redactar una legislación sobre estos dos temas.

Dentro del grupo de probidad y ética cívica que, como les comentaba, inicia sus labores precisamente a finales del año pasado y, sobre todo, a principios de este año, se ha realizado algo que consideramos una acción sumamente importante para el tema de la implementación de la convención: este grupo decidió elaborar un cuestionario exhaustivo que permita medir cuál es el nivel de implementación en las legislaciones de todos los países del hemisferio.

Este cuestionario se refiere específicamente a cada uno de los artículos de la Convención. Los borradores del cuestionario fueron considerados en varias sesiones del grupo de probidad y ética cívica y ya se tiene el cuestionario final que va a ser circulado entre los países. Bolivia ya contestó este cuestionario aunque se trataba de un cuestionario preliminar que el grupo no había aprobado aún.

Durante la primera y la segunda semana de marzo este grupo estará realizando una sesión especial, que está conformada básicamente por dos partes: en la primera sesión se va a invitar a los Organismos Internacionales, con el fin de conocer lo que se está haciendo a nivel internacional, lo que hacen el Banco Mundial, el Banco Interamericano de Desarrollo, la OCDE, a fin de no duplicar esfuerzos y de ver cómo podríamos coordinar las diferentes acciones que se están dando en este frente; la segunda parte de esa sesión especial se va a abocar a las acciones específicas que podrían adoptar los países y que podrían realizarse en el transcurso del año en el marco de este grupo.

Dentro de esas acciones se ha hablado de realizar algunas reuniones a nivel regional sobre temas específicos, que se espera se definan durante las reuniones preparatorias a esta sesión y, finalmente, en esta sesión especial.

Algo importante que no mencioné respecto del cuestionario, es que se ha realizado una invitación especial a que lo llenen todos los países miembros de la OEA, no solo los países que han firmado o ratificado la Convención, porque consideramos, que esta es una forma de avanzar aún más en el intercambio de información entre los países y que de allí podrían derivarse estudios y análisis comparativos importantes para la región en este país y, sobre todo, para avanzar y determinar cuáles son los campos de cooperación técnica donde es aún necesario avanzar más.

La Secretaría General ha realizado varias actividades. Hace año y medio se realizaron en Colombia, Costa Rica y Venezuela unos primeros talleres que trataban de crear conciencia en estos países de la necesidad de avanzar no solo en la ratificación sino también en la implementación de la Convención.

A raíz de esta experiencia, elaboramos un proyecto un poco más pretencioso, con la participación de doce países miembros y con el financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo. Este enfoca aspectos más específicos de la implementación de aquellas medidas que tienen que ver con el Derecho Penal, sobre todo, con lo que la Convención define como actos de corrupción y su implementación en el Derecho Interno de los países.

En esta iniciativa que estamos realizando con el Banco Interamericano de Desarrollo, lo primero que haremos en una primera etapa será evaluar las legislaciones nacionales. Esa primera evaluación estaría a cargo de un consultor nacional, que seguiría una metodología previamente definida, mediante lo que hemos llamado guías, donde el consultor va a tener que analizar aspectos muy específicos de cada uno de los tipos penales.

Este es un trabajo que no se espera sea meramente académico, sino se espera que el resultado final de este análisis que realicen los consultores, sea un anteproyecto de ley. También se espera que el consultor, previamente y durante la elaboración de este anteproyecto de ley, cree el consenso necesario entre las entidades gubernamentales que tienen que ver con cada una de las materias.

Después de eso, se convocaría a un taller de carácter nacional donde participen las entidades gubernamentales y de donde se espera que salgan compromisos específicos, ya sea en materia de legislación, adopción de legislación u otras medidas que permitan combatir efectivamente e implementar esta parte de la Convención, que tiene que ver con el Derecho Penal y los actos de corrupción.

Los países que están participando en ese proyecto son: Honduras, República Dominicana, Panamá, Guatemala, El Salvador, Nicaragua, Ecuador, Perú, Bolivia, Chile, Argentina y Paraguay.

En cada uno de esos países, nosotros hemos identificado una institución ejecutora que, a excepción de Perú, son todas entidades gubernamentales, Procuradurías, Fiscalías, Vicepresidencias de la República. En el caso de Perú, el Gobierno peruano decidió que este trabajo estuviera dirigido por una Universidad, lo que constituye un caso único.

En los demás países, la situación es la siguiente: en Honduras, estamos trabajando con la dirección de probidad administrativa; en República Dominicana, con la Procuraduría General de la Nación; en Panamá y Guatemala, también con la Procuraduría; en el Salvador, con la Vicepresidencia de la República; en Nicaragua, con el Comité Nacional de Integridad y de manera similar en los otros países participantes.

Respecto del estado de ejecución de este proyecto, las instituciones ejecutoras están firmando acuerdos con la OEA; ya han sido firmados once acuerdos que nos permiten realizar el desembolso de recursos, establecer como se realiza la administración diaria de este proyecto.

Estamos ahora en la etapa de selección de consultores. Es una etapa donde la institución ejecutora propone a los consultores; sin embargo nosotros también estamos realizando consultas con las sociedad civil y con otras instituciones, a efectos de asegurar que el consultor tenga la mejor calidad para realizar estos trabajos.

Otro de los proyectos que se está realizando en el marco de la Secretaría General, es un proyecto regional dirigido a los países centroamericanos, sobre la legislación interna de los países no referida a aspectos penales sino a medidas preventivas. En este sentido, consideramos que los trabajos realizados de los que ustedes van a escuchar en unos minutos, constituyen un gran aporte y van a permitir mejorar este proyecto y lograr el objetivo final, que es nuevamente, llegar a redactar y que por medio de las Asambleas Legislativas se aprueben proyectos de ley que permitan e implementen la Convención, en lo que se refiere a las medidas preventivas.

Para estos efectos, las medidas preventivas se dividieron en seis grandes grupos o áreas de estudio y se espera que un consultor realice un estudio por cada una de estas medidas en los diferentes países. Estas grandes áreas se refieren a las normas de conducta para el correcto, adecuado y honorable cumplimiento de la función pública, la adquisición de bienes y servicios del Estado, la recaudación y el control de ingresos, los órganos de control superior, las medidas que impidan el soborno de funcionarios públicos nacionales y extranjeros y la participación de la sociedad civil.

Todos los países de Centroamérica participan en esta iniciativa. La mecánica de este proyecto es importante que ustedes la conozcan. Se espera que después de que el consultor nacional realice el estudio, se convoque a un taller de carácter regional, donde participen los consultores de todos los países y donde se cuente con el asesoramiento de expertos internacionales, en los seis temas que, previo al taller, van a conocer los estudios de los consultores.

Se espera que durante este taller regional puedan hacerse mejoras y, críticas y se precisen algunos conceptos que, quizás por diferentes razones, el consultor nacional dejó por fuera o en los que no se avanzó lo suficiente. Esto, además, permitirá conocer algunas de las acciones y de los programas innovadores que se están realizando en la región.

Esperamos que, después del taller, cada uno de estos consultores regrese a sus capitales, con una serie de recomendaciones que le obligarían y le permitirían mejorar estos estudios y que más que estudios debería decir que son anteproyectos de ley; son los que posteriormente serían conocidos, discutidos y modificados, de acuerdo con lo que consideren las entidades gubernamentales de cada uno de los países.

Otros de los proyectos que se están realizando en el marco de la Secretaría General de la OEA, es el apoyo del parlamento andino en el desarrollo de políticas que promuevan y faciliten la cooperación para combatir la corrupción. La directora de la Unidad para la Promoción de la Democracia, se refirió esta mañana un poco a este proyecto.

Otro de los proyectos que está organizando y ejecutando la Fundación para las Américas de la OEA se refiere al periodismo investigativo contra la corrupción. Se trata, básicamente, de talleres de capacitación dirigidos a periodistas, a fin de estudiar y tratar las técnicas adecuadas que permitan la investigación de actos de corrupción.

La Secretaría General también ha creado una red interamericana de funcionarios y expertos. Actualmente tiene cincuenta y seis instituciones de diecinueve países diferentes. Durante este año se espera que esta red se amplíe y, además, se creen foros, por medio de INTERNET y por correo electrónico y se lleve a cabo un intercambio de información rápido, eficiente y diario en relación con los temas que interesan a los países.

También se cuenta con el sistema informativo anticorrupción, que puede ser visitado en la página de la OEA; en él se compilan las resoluciones de la Asamblea General, de las diferentes cumbres que se refieren al tema y se pueden encontrar la información y las recomendaciones que realizan los diferentes cuerpos políticos de la organización.

Creemos que la Convención definitivamente no es una solución mágica. Hay un largo camino por recorrer; sin embargo, ella es una buena carta de navegación que establece cuáles son las acciones que pueden adoptar los países para combatir este fenómeno efectivamente.

Como pasos hacia adelante, la Secretaría General de la OEA considera necesario, en primer término, que los países que no la han firmado, la firmen; que los diecisiete países que no la han ratificado, lo ratifiquen; y que los países trabajen para lograr la incorporación, en su derecho interno, de las normas de la Convención.

Además, nos parece importante avanzar en la ratificación e incorporación, en el derecho interno, de otras convenciones que pueden apoyar y facilitar la lucha contra este flagelo, tales como la Convención Interamericana sobre Asistencia Mutua en Materia Penal y la Convención sobre Extradición.

De igual manera, consideramos importante avanzar en otros desarrollos jurídicos que tienen que ver con el tema del lavado de dinero.

Creemos, como lo ha dicho el Secretario General de la OEA en diferentes oportunidades, que la corrupción no es un camino sin regreso, sino que se puede y se debe atacar; además, que existen instrumentos para conseguir este propósito.

Muchas gracias.

EL PRESIDENTE:

Muchas gracias, Dra. McLean por la amplia exposición que nos ha dado sobre el tema, que se encuentra a nivel de la OEA, la situación regional y los pasos que están pendientes para seguir contra este flagelo.

Para seguir con el programa, vamos a presentar a otros funcionarios centroamericanos, quienes van a referirse a ciertos casos nacionales, analizando el status de la legislación de cada país. Entre ellos tenemos al representante de Honduras, Lic. Raúl Pineda; de El Salvador, Lic. Hugo Mata; de Costa Rica, Lic. Hernán Vega. La presentación no es por orden de importancia, sino porque así se ha tipificado en el programa.

Tiene la palabra el Lic. Raúl Pineda, representante de Honduras, es Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, especialista en derecho penal. Ha sido diputado al Congreso Nacional de la República de Honduras, catedrático universitario, consultor, especialista en la elaboración de proyectos legislativos, entre los que se destacan el Código Procesal Penal y la Ley Orgánica de la Policía. Ha sido conferencista internacional y ha publicado obras y ensayos referentes al sistema judicial y a actividades subversivas y terrorismo. Actualmente se desempeña como Diputado del Parlamento Centroamericano.

LICENCIADO RAÚL PINEDA:

Buenas tardes. Es para mí un honor estar ante un auditorio tan selecto y en un país tan hermoso.

Como consecuencia de las distintas reuniones del CICONA, el Congreso de Honduras tomó la decisión de aprobar, simultáneamente, tres instrumentos jurídicos muy importantes. Una nueva ley contra el tráfico ilícito de drogas y sicotrópicos. No usamos el término narcotráfico porque consideramos que esta denominación es errónea, debido a que la mayor parte de las drogas que se trafican son, precisamente, estimulantes y no narcóticas. Una nueva ley contra el lavado de activos provenientes del narcotráfico y otros delitos, donde incorporamos la corrupción, y una nueva ley de probidad en la función pública

El problema de nosotros, los hondureños, y me imagino que es el mismo de otros países latinoamericanos, es que disponíamos de muy abundante legislación en materia de combate a la corrupción, que generalmente resultada ineficaz y una mera declaración retórico-romántica.

Nuestra legislación tiene dos problemas fundamentales: la falta de incorporación de las medidas preventivas consignadas en la Convención Interamericana contra la Corrupción de Caracas, suscrita el 29 de marzo de 1996, que nuestro Congreso aprobó en 1998 y que, de conformidad con el artículo 16 de nuestra Constitución, forma parte de nuestro derecho internacional, pero que en la parte operativa no es observada, en virtud de que toda nuestra legislación sobre la materia empezó a ser emitida en 1975 y no la habíamos actualizado respecto de lo que señaló la Convención, que es de 1996.

El otro problema es que nuestra legislación es eminentemente represiva y no de naturaleza preventiva, como es el espíritu de la Convención Carece de sistematización y de claridad, y es generadora de una serie de conflictos, por cuanto existe una ley especial contra el enriquecimiento ilícito de los servidores públicos y se cuenta con reformas del Código Penal efectuadas en 1996 y 1997.

Muchos jueces -no sabemos si maliciosamente- se preguntaban si aplicaban el Código Penal reformado, que es la ley general, o aplicaban la ley especial, que es la Ley contra el enriquecimiento ilícito, que definitivamente es obsoleta y, en alguna medida, tolerante del problema que genera la corrupción, del problema del narcotráfico que, según datos del Fondo Monetario Internacional, representa entre el dos y el cinco por ciento del producto interno bruto del mundo y un negocio que moviliza, aproximadamente, cinco mil millones de dólares.

Definitivamente, todavía no estábamos preparados para combatir la corrupción y, peor aún, para combatir la corrupción generadas por el narcotráfico. Ciertamente, nuestras democracias tienen, en la corrupción y el narcotráfico, las dos fuentes generadoras de mayor desprestigio. Pensamos que ahora es un buen momento para que la clase política y la sociedad, en general, empiece a reinventar la democracia en Latinoamérica.

Así, al considerar que la corrupción amenazaba gravemente la gobernabilidad democrática y el Estado de Derecho, se decidió empezar a trabajar en una nueva legislación de manera simultánea. Se hicieron una serie de entrevistas a empresarios, a miembros de la sociedad civil, ciudadanos y ciudadanas comunes y corrientes. Encontramos situaciones bien interesantes. Primero, la percepción del divorcio entre la política y la ética; segundo, el hecho de que los mismos funcionarios que tienen como función la labor contralora, se sienten poco respaldados y alegan, generalmente, la carencia de presupuestos adecuados.

El serio problema que tenemos –me imagino que lo mismo ocurre en otros países- es el tipo de campañas políticas, cada vez más copias de lo americano, que obliga al uso de medios masivos de comunicación y hace que la clase política tenga que sobrevivir electoralmente a base de inversiones económicas. En mi país, un minuto de televisión cuesta un poco más de quinientos dólares, y hay elecciones cada cuatro años.

Nuestro sistema de control, combate y erradicación de prácticas corruptas en la administración pública, sí tiene la voluntad de combatir la corrupción, pero no cuenta con la capacidad de investigar, denunciar, juzgar y sancionar a quienes cometen estos actos. Nuestra preocupación, realmente, debe ser, en este momento, el fenómeno de la narcocorrupción, que se manifiesta en sobornos y dádivas para permitir el paso de drogas, los fallos favorables ante una conducta delictivas, el expedir normas legales que favorezcan intereses contrarios a la probidad, el retrasar su aprobación, el conceder facilidades en la contratación con el Estado y, por otra parte, aquella que se da por medio de influencia o, más bien, con el tráfico de influencias de los fondos oscuros con que se financian las campañas políticas.

Hecho ese análisis, se dio cuenta de que casi toda nuestra legislación, aunque no es tan vieja, no está cumpliendo la función que demanda la sociedad hondureña. Tenemos una Ley de la Contraloría, una Ley de Probidad, una Ley de Contratación del Estado. Tenemos un Código de Ética que emitió el Presidente de la República actual al asumir el poder; pero la corrupción va permnanente en crecimiento.

Fue así como se emitió un proyecto que tendrá que ser discutido simultáneamente con la Ley de control de drogas y con la Ley contra el lavado de activos. Este, fundamentalmente, tres características: parte de un diagnóstico de la realidad nacional, en el entendido de que la corrupción es devastadora para la economía y la sociedad y de que si se coarten los actos de corrupción, disponiendo de mecanismos que impidan la impunidad, vamos a procurar que los entes contralores mejoren su perfil.

Esta legislación también enfatiza la prevención y recoge todas las medidas que señala la Convención Interamericana contra la Corrupción, por tratarse de un compromiso del Estado, incorporado a la legislación nacional, al cual estamos obligados. Tiene también un componente educativo, que permite generar una cultura anticorrupción. Es entendido que las prácticas corruptas surgen como consecuencia de la crisis de valores y que el Estado debe reasumir su papel moralizador.

Nosotros comprendimos que esta labor, indudablemente, no puede ser evacuada solo por los órganos estatales; y además de esta legislación, se concluyeron en una serie de acciones colaterales que serán puestas en práctica este año, las cuales tienen como fundamento la participación de la sociedad civil, por medio de una comisión enlace Congreso-sociedad civil.

Esta oficina o dependencia del Congreso, puesto que el Congreso tiene eminentemente una función contralora, aparte de la función representativa y legislativa, es un experimento que consiste en que la oficina se convierte en un instrumento de recolección de denuncias de información, a la cual tendrá libre acceso cualquier ciudadano o la propia organización civil, a efecto de recibir reclamos que, posteriormente, serán procesados ante las comisiones ordinarias del Congreso; la Comisión de Ética Parlamentaria, cuando el reclamo sea contra un miembro del Congreso; la Comisión especial de lucha contra la narcoactividad y la corrupción, los organismos contralores del Estado y los más altos niveles de dirección del Congreso, que podrán nombrar, en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales, comisiones especiales de investigación.

Esta oficina debe funcionar todo el año y no estará sujeta a los recesos normales que tienen los Congresos.

Otra oficina consiste en la Comisión Mixta, Congreso Nacional-Sociedad Civil. Esta Comisión del Congreso de la República tiene dos funciones fundamentales: primero, analiza el fenómeno de la corrupción, como consecuencia del deterioro de los valores éticos de la sociedad y procura la socialización de los códigos de ética y la legislación de combate a la corrupción, así como el potenciamiento de la cultura anticorrupción, valiéndose de todos los recursos legítimos a su alcance.

La acción de esta Comisión Mixta, Congreso-Sociedad Civil, se orientará, fundamentalmente, a mantener actualizado el Congreso y a la propia sociedad, acerca de las más modernas y eficaces estrategias de combate a la corrupción de la función pública; asimismo, a liderar la campaña de educación sobre valores éticos y rechazo a la corrupción. También investiga las denuncias o los reclamos por la actividad desempeñada por los organismos contralores del Estado dependientes del Congreso Nacional.

Nosotros pensamos que, mientras no exista una adecuada cultura de rechazo a la corrupción y, particularmente, a la corrupción genera por el narcotráfico, muy poca eficacia van a tener los instrumentos jurídicos que emitan los Congresos de América. De nada sirven buenas leyes, si no existen buenos hombres y buenas mujeres que las apliquen.

En otro orden de ideas, es propósito paralelo de esta legislación, tratar de generar una legislación colateral que, aunque no sea propiamente anticorrupción, sin su aplicación, la corrupción va a tener siempre las puertas abiertas para continuar con su crecimiento. Esta legislación tiene que ver, sobre todo, con el financiamiento de las campañas políticas; mientras la clase política tenga que vivir sometida a los enormes costos de la campaña, el riesgo grande de acudir a dinero caliente y de contraer compromisos, será el caldo de cultivo para que los procesos de corrupción se mantengan en ese peligroso crecimiento.

Finalmente, tiene que haber una actitud muy clara: no podemos volver el rostro ante los fenómenos de la corrupción; o la enfrentamos y somos parte de la solución o nuestra indiferencia nos convertirá en parte del problema.

Muchas gracias y que Dios los bendiga.

EL PRESIDENTE:

Muchas gracias al licenciado Raúl Pineda por su exposición. Inmediatamente pasamos a escuchar el tópico de El Salvador, de parte del señor Víctor Hugo Mata Tovar, licenciado en Ciencias Políticas y Derecho en las universidades de Flítbor, Suiza y de Costa Rica.

El licenciado Hugo Mata posee, además, estudios superiores en periodismo, se ha desempeñado en la capacitación de Derechos Humanos en la Comisión para la Defensa de los Derechos Humanos de Centroamérica y el Instituto Interamericano de Derechos Humanos. Profesor universitario, ha escrito libros en materia de defensa y protección de los Derechos Humanos y actualmente se desempeña como abogado y notario. Es asesor legal de la Universidad de El Salvador y de la Universidad Ecológica Salvadoreña.

Con ustedes, el licenciado Víctor Hugo Mata Tovar.




LICENCIADO VÍCTOR HUGO MATA:

Muy buenas tardes a todos. Es un especial honor dirigirme a ustedes en esta Cumbre contra la Corrupción y la Narcoactividad. Como comprenderán, un período de quince minutos es un tiempo muy corto para ofrecer una visión del fenómeno legal, implicaciones legales, políticas y sociales que tiene la corrupción en El Salvador.

El estudio que se nos pidió que realizáramos comprendía, básicamente, tres aspectos: el primero, analizar la legislación nacional para ver en qué medida el Estado salvadoreño está cumpliendo con la Convención Interamericana contra la corrupción, específicamente, en el artículo 3, que dispone las medidas preventivas. El segundo apartado se refería a la identificación de acciones legislativas y el tercer apartado al papel de la sociedad civil y su relación con el Poder Legislativo.

Brevemente, debo decirles que después de haber analizado las principales leyes relacionadas con el fenómeno de la corrupción y, específicamente, con lo que pide el artículo 3 de la Convención, llego a la conclusión de que el Estado salvadoreño aún no está cumpliendo a cabalidad la Convención. Hace falta, por parte del Estado salvadoreño, tomar una serie de iniciativas, medidas de orden legislativo y reformas constitucionales, para cumplir a cabalidad con sus obligaciones internacionales en esta materia.

Uno de los principales requerimientos u obligaciones programáticas establecidos en la Convención Interamericana es, si bien no lo dice en esa forma, la emisión de legislación para establecer un comportamiento ético en la función pública. En muchos países de la Región, ya se están implementando códigos de ética para la función pública.

En el caso salvadoreño, aún no se está discutiendo ni es tampoco parte del debate público. Sin embargo, en el nivel de la opinión pública, sale sobre todo en el nivel de los medios y es un consenso generalizado, un escucha, oye, comenta, que la corrupción en El Salvador es un fenómeno evidente. Claro que en esto no tenemos el monopolio, creo que es un fenómeno mundial, pero la diferencia que tenemos con otros países es, quizás, que algunos tienen mayor disposición para compartirla que en el caso nuestro.

Creo que el Estado salvadoreño debe tomar muy en serio su obligación internacional con la Convención Interamericana y en un futuro próximo debe abocarse a discutir un código de conducta para la función pública, pero no debe quedarse solamente en esto, sino debe ir mucho más allá.

Yo sugeriría que se cree la figura del comisionado nacional contra la corrupción pública o una comisión nacional contra la corrupción pública para que analice la información, la recolecte y haga recomendaciones, imitando un poco la figura del Procurador de los derechos humanos, que es un funcionario contralor del cumplimiento de los derechos humanos por parte del Estado.

Así, un funcionario de esa naturaleza o una comisión de probidad nacional podría presentarlas ante el pueblo, aunque tengan carácter vinculante sus recomendaciones, a fin de que la opinión pública se dé cuenta de lo que está ocurriendo en el seno de los diferentes organismos de Gobierno.

En esto, todos somos responsables con diferente nivel: el Gobierno por un lado, con los distintos Poderes que conforman el Estado; las instituciones y la sociedad civil; pero creo que existe una particular responsabilidad que recae, sobre todo, en la Asamblea Legislativa. No creo que el fenómeno de la corrupción se deba combatir solo con leyes, pero sí es un avance.

Indudablemente que el estado de derecho es de leyes, pero no se trata solo de emitir leyes, porque es un estado de derecho con “d” minúscula; lo que nosotros necesitamos son estados de derecho con “D” mayúscula; en el sentir de Bovio, este filósofo italiano, de un estado de derecho que regule, legisle y emita leyes con legitimación nacional e internacional.

No se trata simplemente de fabricar leyes, y en eso los Congresos deben tener mucho cuidado (los Congresos no son fábricas de leyes); se trata de dictar leyes, pero bien pensadas, bien analizadas, de tal manera que los órganos establecidos por la Constitución no tengan posibilidad de escape.

En este sentido, la Asamblea Legislativa tiene que hacer un trabajo muy importante. Desgraciadamente -y esto lo dijo también el colega hondureño- la clase política, los congresos nacionales -creo que El Salvador es un caso paradigmático- existe una creciente desconfianza en lo que están haciendo los políticos y hay una creciente desconfianza en el sistema, y eso es altamente peligroso. De ahí que los políticos tienen que tomar muy en serio su función para enderezar esta situación.

En El Salvador, he detectado la existencia de dos leyes, que constituyen la base fundamental para luchar contra la corrupción, aunque se cuenta con otras disposiciones legales, pero estas dos son las básicas: una es la Ley del enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados públicos, que data de 1959, y otra es la Ley de la Corte de Cuentas de la República, que data de 1995.

Hasta ahora, por la Ley del enriquecimiento ilícito, de 1959, no se ha enjuiciado a ningún funcionario público. A pesar de que la ley faculta expresamente a la Corte Suprema de Justicia para que realice todas las investigaciones necesarias, cuando exista sospecha o indicio de que algún funcionario público se está enriqueciendo con los dineros del pueblo, hasta ahora no lo ha hecho; es más, la Oficina de Probidad de la Corte Suprema de Justicia, encargada de recibir la denuncia y pedir los informes, es una oficina –a mi manera de ver- totalmente marginal en la Corte Suprema de Justicia.

Esta ley ni siquiera cuenta con un reglamento. Actualmente esta Oficina de Probidad está promoviendo la discusión de un nuevo proyecto de ley, precisamente porque el actual es totalmente inoperante.

El problema que tenemos es que esta Ley de enriquecimiento ilícito tiene su base constitucional, Todo lo que dice esta Ley lo toma del artículo 240 de la Constitución. Lo que habría que reformar es la Constitución, en este y en muchos otros aspectos.

Cuando vemos que nuestra Constitución, en el artículo 240, se queda muy corta, en este aspecto, no debe sorprendernos el hecho de que esta Ley, de 1959, hasta ahora no haya tenido ningún fruto.

Nuestra Constitución dice, entre otras cosas, “Que se presume enriquecimiento ilícito cuando el aumento de capital del funcionario o empleado, desde la fecha en que haya tomado posesión de su cargo hasta aquella en que haya cesado en sus funciones, fuere notablemente superior al que normalmente hubiera podido tener, en virtud de los sueldos y emonumentos que haya percibido legalmente, y de los incrementos de su capital o de sus ingresos por cualquier otra causa.”

Luego dice: “Para determinar ese aumento, el capital y el incremento de su cónyuge y de sus hjios en conjunto...” Yo diría, ¿y el del resto de la familia qué? ¿por qué solamente su cónyuge y sus hijos? Después señala: “Que toda la información se mantendrá en reserva.” ¿Por qué mantenerla, en reserva, si esto es público y le concierne a toda la sociedad? No tenemos porqué mantenerla en reserva.

Igualmente remata diciendo que los juicios por enriquecimiento ilícito sin causa justa, solo podrán incoarse dentro de los diez años siguientes a la fecha en que el funcionario o empleado haya cesado en sus cargos. Lógicamente, bajo esta perspectiva constitucional, es difícil que una ley pueda llegar mucho más lejos; para ello necesitamos una reforma constitucional.

A pesar de que en nuestro país las reformas constitucionales requieren dos legislaturas, considero que este es un esfuerzo nacional y debería ser una demanda de toda la sociedad reformar ese artículo y, a partir de esa reforma, poder emitir una ley que realmente responda a los intereses de toda la sociedad.
La otra ley que tenemos es la Ley de la Corte de Cuentas de la República, que fue emitida en 1995. Es una ley nueva. Cuando se emitió, en 1995, todos tuvimos grandes esperanzas de que la situación fuera a cambiar. La Ley contempla, en efecto, una serie de avances significativos; pero se queda muy corta en otros.

El principal problema que tiene esta Ley de la Corte de Cuentas, que también tiene base constitucional, es que la Corte de Cuentas es juez y parte. En El Salvador no existe una Contraloría General de la República, como sí existe en la mayoría de los países. Una Contraloría que se dedique a auditar la ejecución del presupuesto y la función judicial o de la Corte en sí, sino que ahí está unida la función contralora o auditora con la función jurisdiccional. Esto desde ya le quita eficacia al sistema de control.

Más allá de esto y a pesar de que la Constitución dice que la Corte de Cuentas es una institución independiente, eso en la práctica no existe. Es parte, precisamente, de la desgracia que tenemos como país, precisamente, por la labor tan poco patriótica –diría yo- de nuestros políticos.

En El Salvador nadie ignora que la Corte de Cuentas es el coto de un partido político y las instituciones se las reparten los partidos políticos: a ti te toca esta institución, a ti te toca esta otra. Entonces, no existe tal independencia, y si no existe esta, no hay posibilidad de control efectivo.

A mi manera de ver, quien está al frente de la Corte de Cuentas que, para mi gusto y creo que es un clamor general e internacional de todos los sectores que están interesados por el combate de la corrupción, el Contralor General de la República y el Presidente, a su vez separado de la Corte de Cuentas, deberían ser personas totalmente desligados del quehacer partidario, no digo políticos, porque todos somos políticos, pero el quehacer partidario que, al fin y al cabo, está ligado con intereses.

Si una persona está ligada con un partido político, difícilmente es independiente e imparcial frente a estas cosas. Además, una persona que permanezca en su cargo nada más tres años, entonces cada tres años se da en la Asamblea un show político, donde se produce un estira y encoge para ver a quién le va a tocar el puesto.

En otros países -como es el caso de Chile aunque este no sea un modelo, porque es una Constitución producto de una dictadura y, en muchos aspectos, las constituciones centroamericanas son mucho más avanzadas- se habla de que el Contralor prácticamente es vitalicio, hasta los setenta y cinco años. Ese no sería el caso en nuestros países; pero sí por lo menos el tener un Contralor o un Presidente de la Corte de Cuentas que dure por lo menos ocho o nueve años en su mandato, de tal forma que pueda hacer una labor y no se someta cada tres años –como en el caso nuestro- a un show político para ver quién será el próximo que estará al frente.

Además, esta Ley de la Corte de Cuentas tiene una serie de pequeños problemas. Tiene una institución muy peculiar, que se llama la caducidad de la acción. A los cuatro años, se ha hecho una investigación y, si en ese plazo, la Corte de Cuentas no emite un fallo, el caso se archiva.

El único que tiene responsabilidad en este caso es el funcionario que tuvo la culpa de que este caso se archivara, que puede ser el Presidente de la Corte de Cuentas y, entonces, se le impondrá una multa. Esto es ridículo, totalmente ridículo.

Supongamos que el caso de corrupción –este es un ejemplo muy tonto- es por la suma de diez millones de dólares o de colones, y la multa que le van a imponer al funcionario por no haber sometido el caso, es de unos doscientos mil dólares, imagínense que, si hay conveniencia entre el que ha hecho la corrupción y el funcionario, le resulta muy barato.

Este tipo de cositas que en realidad son muy grandes hace que una ley, que realmente fue pensada junto con las leyes de administración financiera del Estado y otras instituciones estatales en materia financiera, Ley de Bancos, etc., en el fondo más bien provoque frustración. Los auditores que están trabajando en la Corte de Cuentas, hablando conmigo en privado, me han expresado la frustración que sienten al ver que los casos no avanzan, y que más de un caso famoso está archivado.

He cumplido con mis quince minutos, debo respetar las normas del Pleno. Por supuesto, me gustaría continuar discutiendo porque ni siquiera he dicho lo más importante que tenía que decirles; pero, al fin y al cabon ahí están el informe que preparé y el resumen ejecutivo; además vendrá el debate, en el cual despejaremos dudas acerca de esto.

Solo quiero dejar sentado lo siguiente: la Asamblea Legislativa de El Salvador tiene un papel muy importante que realizar en el control de la corrupción, tanto en la interpelación que debe hacer a los funcionarios públicos como en los informes que reciba, tiene que hacerlo con el interés debido, debe emitir leyes consecuentes con la Convención Interamericana contra la Corrupción, debe aprobar reformas constitucionales pendientes para luchar contra este flagelo. La corrupción, unida al narcotráfico, es el tándem que está destruyendo las democracias frágiles en América Latina, es un deber, nacional e internacional, luchar decididamente contra estos flagelos.

Muchas gracias.

EL PRESIDENTE:

Muchas gracias, licenciado Mata Tovar. Definitivamente -como usted lo dijo- en el debate dirigido tendremos la oportunidad de ampliar un poco más sobre los diversos tópicos que se están tratando en la tarde de hoy.

Continuaremos con la exposición del licenciado Hernán Vega Miranda, quien nos va a relatar la situación de Costa Rica. Don Hernán es costarricense, abogado y notario. Entre sus obras más importantes está la redacción del Código Notarial y corredactor del Proyecto Alternativo del Código de Ética del Servidor Público. Magistrado de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica. Es Director Alternativo del Instituto Latinoamericano contra la Corrupción, con sede en Ecuador. Ha sido conferencista por más de once años en importantes foros y simposios nacionales e internacionales, en temas referentes al combate de la corrupción y la ética en la función pública.

Con ustedes, el licenciado Hernán Vega Miranda.

LICENCIADO HERNÁN VEGA MIRANDA:

Buenas tardes. Me siento muy complacido por estar en este foro, analizando con ustedes un tema de tanta trascendencia para la vida democrática de nuestra región centroamericana.

Como el tiempo es corto, inmediatamente voy a involucrarme en lo que me corresponde analizar, según el encargo de la Organización de Estados Americanos.

Creo que el tema de la corrupción se ha venido analizando, de alguna manera, en forma distorsionada. Con frecuencia hemos insistido en que mucho de lo que se ve es el efecto de la corrupción, y se quiere referir y buscar soluciones sobre los efectos de la corrupción. Nosotros hemos creído conveniente y urgente que se revisen las causas de la corrupción. ¿Por qué se están dando tantas manifestaciones de corrupción, tantas conductas deformadas en la sociedad civil y la sociedad política?

También he querido insistir en que en este esfuerzo, en este trabajo, no podemos separar la sociedad política de la sociedad civil, no podemos separar al sector público del sector privado, porque, indudablemente, si hay un grupo que alimenta la corrupción, al menos en nuestro país, es el sector privado, y definitiva y desafortunadamente, hemos dedicado esfuerzos, cantidad de líneas y de escritos de toda naturaleza, a hablar de la corrupción en el sector público, sin darnos cuenta de que quien fomenta la corrupción, surge y nace en la sociedad civil, sobre todo dentro del sector privado.

Para mí, es importante que no perdamos esa perspectiva y que nos demos cuenta de que este fenómeno tiene orígenes profundos y que la sociedad civil también debe dar respuesta a las soluciones en cuanto al fenómeno de la corrupción.

Por eso, en mi trabajo hago analizo los efectos en el sector público, como los siguientes: la Administración Pública prescinde, cada vez con mayor frecuencia, de su misión; de ahí que no esté contribuyendo en forma efectiva al funcionamiento y fortalecimiento adecuados de la sociedad.

Los antivalores, como el uso de poder, la inescrupulosidad, la arbitrariedad, la abusiva discrecionalidad, el amiguismo, la ley del mínimo esfuerzo y el “pobrecitico”, que funciona mucho en este país, están sustituyendo los méritos personales como la honestidad, la capacidad, la objetividad, la autoestima y el esfuerzo, como requisitos para la selección de personal.

Las prácticas corruptas han permeado los órganos de seguridad y de administración de justicia. Precisamente, como consecuencia de la generalización de la corrupción, los servidores públicos que la practican incurren en hurto de bienes públicos, uso de los bienes para beneficio personal de amigos o de la familia, todo en perjuicio de los derechos de los demás ciudadanos, utilización del cargo como feudo medieval, para provecho personal de amigos o familiares, en el desvío del servicio público hacia fines distintos de aquellos para los que está consagrado; no cumplir con la labor pública encomendada e incumplir deberes, el silencio ante hechos indebidos perpetrados por otros funcionarios o terceras personas, en perjuicio del interés público, el tráfico de influencias.

En la sociedad civil, nosotros decimos que si bien es cierto, la corrupción en el sector público es sumamente delicada, cuando hay un corrupto en el sector público, hay no menos de un corruptor en el sector privado.

En el sector privado encontramos que la corrupción se instituye como una infranqueable causa de bloqueo del aparato económico, distorsiona la competitividad e impide la inversión extranjera, provoca la competencia desleal entre comerciantes y empresarios, cuando quienes utilizan procedimientos ilegales y antiéticos violentan las reglas del juego, sacando de mercados a quienes recurren a los trámites legales; promueven entre los ciudadanos la formación de hábitos negativos y antivalores, como la deshonestidad, la mentira, el egoísmo, el irrespeto, la intolerancia, la ley de mínimo esfuerzo, la indisciplina, el materialismo y el ocio. Genera un clima de desconfianza y hostilidad, como paso previo al terrorismo y al desprecio por la vida humana.

Nosotros creemos -y en este documento así se enfoca- que no bastan las medidas represivas, que las medidas represivas sin medidas preventivas no funcionan. Les voy a demostrar que en Costa Rica tenemos una legislación copiosa, leyes por doquier para combatir cualquier fenómeno de corrupción. Empezamos desde los tratados, por medio de la Ley 7670, el 17 de abril de 1997, cuando se ratificó la Convención Interamericana contra la Corrupción.

Con este instrumento, venimos a cumplir con el compromiso asumido en Caracas de ratificar este importante Tratado. Al ratificarlo, estamos obligados a implementarlo.

También tenemos la Constitución Política, que nos señala los deberes y las responsabilidades en cuanto al funcionario público. Es muy clara nuestra normativa máxima, en cuanto a que los funcionarios públicos son depositarios de la confianza de los ciudadanos.

Además contamos con leyes sobre corrupción, entre esas están el Código Penal, el cual es de 1970. Desde ese momento, comenzamos a tipificar una serie de figuras dentro de la función pública, que constituían delitos de corrupción. Y tenemos el deber del funcionario público de denunciar hechos ilícitos. Sencillamente, esto casi no se cumple. Es frecuente que en todas las instituciones, los funcionarios públicos deshonestos tengan como cómplices a compañeras y compañeros en la comisión de delitos de corrupción; sin embargo, existen normas expresas que obligan al funcionario público a denunciar esos hechos indebidos.

Delitos contra los deberes públicos. Son los hechos delictivos que con mayor frecuencia pueden llegar a ser cometidos por funcionarios públicos con ocasión del ejercicio del cargo y constituyen delitos calificados como abuso de autoridad. El abuso de autoridad, en sentido estricto, nosotros lo estamos analizando, está tipificado en el artículo 329 del Código Penal, el incumplimiento de deberes en el artículo 330 del Código Penal.

El abandono del cargo. Esta costumbre bien arraigada en muchos funcionarios y funcionarias, que creen que la función pública es un feudo personal, que pueden hacer con él lo que quiera y por eso abandonan con frecuencia sus funciones.

Los nombramientos ilegales. Hemos tenido problemas ante la Sala Constitucional, por una serie de nombramientos ilegales que realizan algunos funcionarios o funcionarias públicas, jerarcas de las instituciones, en contradicción de las disposiciones legales.

Divulgación de secretos. Delitos denominados como corrupción de funcionarios que son:

El delito de cohecho impropio. Es sancionado en el artículo 338 del Código Penal. Se sanciona con prisión de seis meses a dos años al funcionario público que por sí mismo o por medio de otra persona, reciba una dádiva o cualquier otra ventaja indebida o acepte la promesa de una retribución de esa naturaleza para realizar un acto propio de sus funciones.

El delito de cohecho propio. Se sanciona con una pena más grave que la anterior, con prisión de dos a seis años al funcionario público que, por sí mismo o por persona interpuesta, reciba una dádiva, cualquier otra ventaja o acepte la promesa, directa o indirecta, de una retribución de esa naturaleza para realizar un acto contrario a sus deberes, para no hacerlo o para retardar un acto propio de sus funciones. Se trata de un artículo sumamente amplio, penalizado en el artículo 339 del Código Penal.

La corrupción agravada, la dádiva o la propina, como se llama en otros lugares o la ventaja económica, se ofrece en referencia al otorgamiento de puestos públicos, jubilaciones, pensiones o celebración de contratos en los cuales esté interesada la Administración a la que pertenece el funcionario. La pena de prisión se agrava de uno a tres años en el cohecho impropio y de tres a diez años en el cohecho propio.

Aceptación de dádivas por un acto cumplido. Las penas de cohecho propio, del cohecho impropio disminuidas en un tercio, tal vez se aplican al funcionario público qu, sin promesa anterior, acepte una dádiva o cualquier otra ventaja indebida, por un acto cumplido en su calidad de funcionario. Está penalizado en el artículo 341 del Código Penal.

El enriquecimiento ilícito. Dentro de estos tenemos el tráfico de influencias, que ya en el año 70 estábamos considerándolo como un acto sensiblemente dañino para la transparencia en la función pública. Aquí el artículo 344, inciso primero, el Código Penal sanciona con prisión de seis meses a dos años al funcionario público que acepte una dádiva o la promesa de recibir una, para hacer valer la influencia derivada de su cargo ante otro funcionario, para que este haga o deje de hacer algo relativo a sus funciones.

Uso indebido de información. Cuando los funcionarios, teniendo la obligación de guardar secreto en cuanto a informaciones del sector público, lo difundan. Esto se produce no con regular frecuencia, pero sí se da en la actividad judicial, cuando algunas veces se dan a conocer resoluciones que solo deben ser notificadas.

Simple aceptación de dádiva. Más frecuente en la Administración Pública son los casos en los cuales, el funcionario acepta dádivas que se le ofrecen en consideración del cargo que ocupa, mientras permanezca en el ejercicio del cargo.
El enriquecimiento ilícito, en sentido estricto, tanto el Código Penal como la Ley sobre enriquecimiento ilícito de los servidores públicos sancionan al funcionario público que no justifique la procedencia de un incremento considerable a su patrimonio, posterior a la asunción de un cargo público.

El delito de enriquecimiento ilícito va a ser considerado posteriormente, en un proyecto de ley al cual me voy a referir más adelante.

Las negociaciones incompatibles, constituyen otra figura penalizada en el artículo 345, según el cual es sancionado como delito, con una pena de uno a cuatro años de prisión, el funcionario público qu, directamente o por medio de otra persona, se interese en cualquier contrato u operación en que deba intervenir en razón de su cargo.

Los delitos de concusión y de exacción ilegal también son otro elenco de delitos de corrupción en la función pública. La concusión se sanciona con una pena de dos a ocho años de prisión al funcionario público que, abusando de su calidad o de sus funciones, obligue o induzca a alguien a dar o prometer indebidamente, para sí o para un tercero, un bien o un beneficio patrimonial. La exacción ilegal es otra figura en forma atenuada. Se sanciona con prisión de un mes a un año al funcionario público que, abusando de su cargo, exija, haga pagar o entregar una contribución o un derecho indebido o mayor que el correspondiente.

La malversación con bienes públicos, entre estos tenemos el peculado. Se sanciona con prisión de tres a doce años al funcionario público que sustrae dinero o bienes, cuya administración, percepción o custodia le haya sido confinada por razón de su cargo.

El peculado especial. Como una forma atenuado de peculado, se sanciona con prisión de tres meses a doce años, al funcionario que amplíe, en provecho propio o de terceros, trabajos o servicios pagados por la Administración Pública, es también una figura que se ha dado en nuestro país con mucha frecuencia.

Facilitación culposa de substracciones. Este deber de custodia sobre los bienes le exige al funcionario actuar diligentemente, pues se sanciona con multa, de treinta a ciento cincuenta días multa quien por culpa haya hecho posible facilitar que otra persona substraiga el dinero o los bienes cuya custodia le haya sido confiada en razón del cargo.

La malversación. También se reprime, con multa de treinta a noventa días, al funcionario público que diere, a los caudales o efectos que administra, una aplicación diferente de aquella a la que estén destinados, como se hace con las partidas que se destinan a otros fines.

Luego tenemos la Ley sobre enriquecimiento ilícito de los servidores públicos. Esta es una ley del año 83; desafortunadamente en su aspecto esencial, fue derogada por un voto de la Sala Constitucional, en razón de que había carga de la prueba en perjuicio del imputado. Sin embargo, es una figura muy importante que debió haberse reformado en aquellos tiempos, pero eso no se logró, pese a que era oportuna para evitar, en buena medida, muchas de las manifestaciones de corrupción por enriquecimiento ilícito que se producen a en el sector público.

La Ley General de Administración Pública la creo también importante. Es un instrumento que permite a las autoridades vigilar las responsabilidad civil que tiene el empleado público en el desempeño de sus funciones.

La Ley de Administración Financiera es importante en la prevención y lucha contra la corrupción, porque tiene la misión de vigilar la hacienda y el funcionamiento del presupuesto de las instituciones públicas.

La Ley de la Contraloría General de la República constituye uno de los instrumentos más valiosos que tenemos en la lucha y prevención de la corrupción. Es del 7 de setiembre de 1994 y tiene como objeto vigilar a la hacienda pública: todos los entes públicos están sometidos al control de la Contraloría General de la República.

Entre las potestades asignadas a la Contraloría General de la República destaca la potestad de control de eficiencia, control de presupuesto, aprobación de actos y contratos, realizar auditorias y potestad de investigación y denuncia. Corresponde a la Contraloría señalar las responsabilidades en que pueden incurrir los servidores públicos, cuando actúen contra lo dispuesto en dicha ley.
Además, tenemos la Ley de Contratación Administrativa. Es la Nº 7509, de 24 de abril del 95, una ley relativamente reciente, que viene a incluir un aspecto muy importante: la concesión de obra pública.

Aquí se toca un aspecto también esencial, el sector privado, que cuando entra en la Concesión, comienza a señalárseles una serie de castigos a aquellos contratistas que incurran en hechos indebidos, que violentan la normativa que regula la Concesión de Obra Pública.

Nosotros encontramos que esta normativa es muy actualizada, viene, más que a aceptar, a definir una serie de conductas que se dan en la contratación administrativa y es importante, en momentos cruciales, cuando el Estado está prescindiendo de la realización de obras públicas para trasladarla al sector privado.

De igual manera, la Ley de la Defensoría de los Habitantes de la República señala como obligación: “...Velará porque el funcionamiento del sector público se ajuste a la moral, la justicia, la constitución, las leyes, los convenios, los tratados, los pactos suscritos por el Gobierno y los principios generales de derecho...” En realidad, la Defensoría tiene una gran misión, una gran responsabilidad en la defensa de la transparencia en la función pública.

Igualmente, la Ley Orgánica del Poder Judicial, y la incluyo aquí porque estimo que tiene una serie de normas, disposiciones que le permiten al Poder Judicial funcionar con transparencia. En realidad, la circunstancia de que el Poder Judicial tenga una presencia transparente en nuestra sociedad, se debe a que hay una legislación que robustece las acciones y prevé una serie de acciones que les permite a los funcionarios judiciales actuar conforme a derecho.

El Estatuto de Servicio Civil es otra de nuestras leyes; viene a regular a un sector, a una parte del sector público. Es muy importante porque también trata del proceso de capacitación y viene a ser un instrumento de prevención en la lucha contra la corrupción.

He incluido también la Ley de Justicia Tributaria, porque creo que es un instrumento efectivo en la lucha contra la corrupción y repito la corrupción no está solo en el sector público, sino también en el sector privado.

La Ley de Justicia Tributaria viene a tocar un aspecto muy delicado en las sociedades modernas, la evasión fiscal. La evasión fiscal se ha convertido en una especie de ejercicio cotidiano, está contemplada y se sanciona severamente a aquellos ciudadanos, ciudadanas y empresarios que violentan la responsabilidad y la obligación de cumplir con sus deberes, de satisfacer los impuestos.

Tenemos una serie de iniciativas en la Asamblea Legislativa en este momento; por el escaso tiempo, solamente las enunciaré.

La modificación de varios artículos de enriquecimiento ilícito de los servidores públicos, con el propósito de que se presente la declaración de bienes por parte de los funcionarios públicos, tarea que aunque se ejerce por parte de la Contraloría, no cuenta con un control efectivo y, realmente, no hay sanciones contra quienes incumplen con esa obligación. Y, más importante, porque es el funcionario público el que está obligado a responder por sus bienes, cuando entró y cuando terminó y hasta por seis meses después.

El Proyecto de Ley de Reforma a la Ley Nº 6872 se refiere a los regalos y las donaciones para los miembros de los Supremos Poderes y funcionarios públicos. Es una práctica que se ha venido dando en la función pública: los funcionarios públicos creen que pueden recibir donaciones, regalos o presentes, y esto constituye un vicio de corrupción. Creemos que esta normativa es muy importante; pero lamentablemente, está en el olvido.

El proyecto de modificación del artículo 343 del Código Penal, pretende aclarar las conductas que dan lugar a la configuración del delito de penalidad del corruptor. También lo consideramos una iniciativa muy importante porque, por lo general, se castiga al corrupto, pero no al corruptor, y aquí se incluye esta figura.
La ley para controlar los incrementos patrimoniales no justificados de personas privadas y funcionarios públicos. Cuando un funcionario público entra pobre y sale rico, hay que ver por qué sale rico de la función pública.

Asimismo, en la corriente legislativa están la creación de la Fiscalía Penal de Hacienda y de los deberes de la función pública, proyecto similar al que se refirió el señor Presidente de la República. Existe este antecedente en la corriente legislativa; lo que pretende es crear una jurisdicción especializada en la lucha contra la corrupción.

También está el proyecto de ley de creación de jurisdicción penal de hacienda y función pública; es decir, tanto la Fiscalía como un tribunal especializado en el combate de la corrupción.

El Proyecto de ley de creación de la Procuraduría contra la corrupción, al que también se refirió el señor Presidente de la República, es una iniciativa vieja, de año 1997, que pretende que se dé, efectivamente, una procuraduría que analice y defienda todos los actos de corrupción que se producen en el sector público.

Consideramos que esta figura es inconstitucional, porque no se puede sustituir al Ministerio Público. Pensamos que la función del Ministerio Público se vería limitada, si entrara una procuraduría con funciones similares; se daría una cuestión de mando, de jerarquías.

El Proyecto de ley contra la Corrupción y Enriquecimiento Ilícito, es una iniciativa de la Contraloría General de la República. Estamos avalándolo y creemos que es muy importante y necesario, ya que incorpora todas las recomendaciones de la Convención Interamericana contra la Corrupción y le da instrumentos efectivos a la Contraloría para perseguir, por todos los medios, la corrupción en el sector público y, además, incluye al sector privado cuando participa en la Concesión de Obra Pública.

El Proyecto de creación de la oficina de denuncias por corrupción y control político del Poder Legislativo es una iniciativa presentada para que existiera un autocontrol en la Asamblea Legislativa, pero también está en el abandono.

Igualmente importantes son los proyectos de Código de ética del servidor público; en estos momentos hay dos iniciativas en la Asamblea Legislativa que nos parecen importantes, pero quiero avanzar rápidamente, porque se me acaba el tiempo.

Ningún proyecto de ley de servidor público puede ser efectivo, si no existe un diagnóstico que nos permita conocer las causas de las deformaciones que se están presentando en el sector público, el por qué de las conductas de los servidores públicos proclives hacia la corrupción. No basta un código de conducta, es necesario que ése responda a una investigación, a un análisis de lo que está sucediendo en el sector público.

Por eso, estimamos que deben tomarse ambos proyectos y hacerse una sola iniciativa, previa consulta a los destinatarios, a los funcionarios públicos. Algo que consideramos importante; pero que no se toma en consideración, es la participación ciudadana, porque creemos - y así lo hemos señalado en un código alternativo para el servidor público, que propusimos oportunamente; incluye el capítulo denominado “De los derechos de los ciudadanos”, donde se incluían modalidades como “De la participación ciudadana”, “Del derecho de petición”, “De la acción ciudadana”, “De la denuncia en la acción ciudadana”, “Del órgano competente para conocer la denuncia”, “De la admisibilidad de la denuncia”, “el Inicio del procedimiento”, “De notificación a la Comisión Institucional de Ética”, “De la notificación a la Contraloría General de la República”, “De la responsabilidad del denunciante”, “De la denuncia calumniosa”, “Acción del Perjudicado” y “De la iniciativa ciudadana”.

También en el Poder Ejecutivo –ya ustedes lo saben— se dieron estas tres iniciativas, se presentaron en enero de este año. Es importante darse cuenta de que el Poder Ejecutivo realizó la concertación el año pasado, se realizó “La Mesa contra la Corrupción”, donde se dieron una serie de recomendaciones, cuyo resultado vemos en las iniciativas que está presentando el Poder Ejecutivo.

Creemos que debe aprobarse, pero debe aprobarse con el análisis y las investigaciones. No se pueden seguir sacando legislaciones, si no se analiza la razón por la que se van a dar. Estamos convencidos de que la represión, o sea, la legislación, no va a impedir la corrupción, es una acción preventiva, conjuntada con la acción represiva, que es la acción preventiva donde debe participar el poder político, el Estado con la sociedad civil, conjuntamente, debe ir desarrollando una serie de acciones, no a corto sino a largo plazo, que la represión se quede a corto plazo, donde se establezca una serie de mecanismos, mediante los cuales la sociedad civil y el Estado, en general, tengan instrumentos efectivos para luchar contra la corrupción.

Estamos convencidos de la importancia, de los esfuerzos que se están haciendo; pero, más que eso, es necesario realizar diagnósticos en las instituciones públicas. No podemos tener recetas en la lucha contra la corrupción; no funcionan las recetas. Cada organización tiene una cultura especializada. La corrupción no solo depende de aspectos económicos, hay aspectos culturales, sociales y políticos; todo esto influye y debe ser producto de una investigación.

Concluyo aquí y me someto a ustedes para cualquier aspecto que consideren importante. Existe una serie de situaciones que recomendaré en las conclusiones; que por tiempo no puedo referirme a ellas, pero desde ya ofrezco ampliarlas en su oportunidad. Muchas gracias.

EL PRESIDENTE:

Muchas gracias, Lic. Hernán Vega, por su exposición.

Vamos a variar el programa para pasar a un pequeño refrigerio. Posteriormente, escucharemos la conferencia del Dr. Benjamín Odio sobre el estado de situación de la legislación, respecto de la corrupción en la región y se concluye con el debate dirigido.

Se decreta un receso hasta por diez minutos.

(Se procede de conformidad).

Se reanuda la sesión.

Para seguir con el tema, se le concede la palabra al Dr. Benjamín Odio, quien nos va a analizar el status de la legislación regional, en torno al tema de la corrupción.

El Dr. Benjamín Odio, es costarricense, Abogado, consultor internacional. Fue Director del proyecto del Centro Regional de Desarrollo y Cooperación Jurídica de Centroamérica en materia de control de drogas. Bajo su cargo se logró el primer convenio centroamericano contra el lavado de dólares. Además, fue Director del proyecto Sin Drogas, de la agencia japonesa ICA, y el ILANUD con el Gobierno de Costa Rica.

DOCTOR BENJAMÍN ODIO:

Buenas tardes, estimados y estimadas colegas.

El objetivo de mi intervención originalmente era la realización, en la medida de lo posible, de un estudio comparativo de las legislaciones centroamericanas en materia –que es la que nos ocupa- de control de la corrupción y por mandamiento, compromiso y obligación internacional, con la Convención Interamericana contra la corrupción.

Digo era, porque la plataforma metodológica de los estudios no estaba exactamente diseñada para realizar un estudio comparativo; sin embargo, existen situaciones en su mayoría comparables y, en todos los casos, los aportes recibidos de los expertos de los países han sido muy valiosos.

Considero que el trabajo de los colegas Martha Quesada, de Nicaragua, Raùl Pineda, de Honduras, Víctor Hugo Mata Tovar, de El Salvador, Hernán Vega Miranda, de Costa Rica, Linette Landau Bernard, de Panamá y Justo Pedro Castellanos, de República Dominicana, es digno de felicitación, porque han hecho una labor profunda y muy útil, a efecto de trazar las grandes líneas de un estudio ya más hondo, que tienda a implementar la Convención Interamericana, ya desde el punto de vista de eficacia y efectividad en la práctica.

Creo que es imposible -ustedes lo han visto y escuchado ya de las intervenciones de nuestros hermanos centroamericanos- separarse de lo que son los aspectos de valores, los aspectos preventivos y también, lógicamente, eso nos lleva por lo menos a pensar y dejar esbozados, planteados muy por encima, los asuntos ideológicos, los asuntos que originan las situaciones de corrupción.

Para ello, hay que remontarse siempre a las estructuras de poder entre los países, entre las potencias, entre los imperios, anteriormente, en fin los distintos sistemas políticos que, a lo largo de nuestra historia han manejado toda la situación económica, toda la situación de relaciones de poder entre nuestros países.

Esto lo digo porque de lo que estamos hablando es de dinero, es de interés de lucro, de un ánimo de lucro desmedido.

El ser humano tiene tal inteligencia, tal capacidad en el cerebro, que es el único ser capaz de transformar los ciclos naturales de evolución del mundo, al punto de que podemos provocar la aceleración de una época glaciar, con muchos años de antelación a cuando tenía que ocurrir.

Tenemos la inteligencia, muchas veces encaminada negativamente, ¿por qué? Por el ánimo de lucro desmedido, para modificar situaciones tan delicadas como esas, que nos llevan a registrar situaciones como de incrementos de tres grados centígrados en el ambiente, en pocos años, gracias a una deforestación espantosa. ¿Para qué? Precisamente para obtener mucho mayores ganancias en un uso nada racional de los recursos naturales.

Esto podría verse como una disgregación que no tiene nada que ver con lo que estamos hablando. Sin embargo, sí tiene que ver, porque precisamente esas distintas facetas que maneja el cerebro del individuo son capaces también de hacernos comprender que el mismo individuo que explota irracionalmente los recursos, compite deslealmente, o se enriquece desmedidamente para asegurar el futuro de los suyos, también tiene la capacidad para prever que si le da rienda suelta a esa actitud negativa, sencillamente el mundo se acaba rápidamente.

Qué país –hablando de nuestros países- se les va a heredar a nuestros hijos, a nuestros nietos, a nuestros bisnietos, si no ponemos control, si no ponemos coto, no nos ponen límites. Los seres humanos necesitamos límites, porque a una persona que se va a criar como un potro, al aire libre y sin límites, luego la sociedad debe ponerle los límites.

Estas son algunas consideraciones para mencionarles que nuestro sistema, nuestro esquema occidental está basado en situaciones y concepciones muy profundas, que generan la base para la estructura que hemos ido creando.

Ustedes encuentran que la justificación del lucro, de la riqueza y también muchas veces de la repartición desigual de la riqueza en el mundo, tienen, incluso, una concepción filosófico-religiosa. Ustedes se van un poquito hacia atrás y al ver los postulados de Calvino se encuentran que, entre los siglos XVII y XVIII, recién pasada la revolución burguesa, el tener dinero, el tener caudales grandes era un sinónimo de bendición de Dios y, por otra parte, se encuentran conceptos en el liberalismo económico -en tiempos de Adam Smith- en el sentido de que la riqueza y el individualismo son cosas fundamentales para el desarrollo de las sociedades. Tienen ciertos aspectos positivos, pero con límites, y no son vistos como concepciones genéricas separándose de lo que son, más bien, los principios de solidaridad humana.

¿Qué está pasando con los demás? ¿Qué pasa si solo yo me enriquezco desmedidamente y a cualquier costo? ¿Qué va a pasar con los que están abajo? Bueno, lo que ha ocurrido simplemente es ese proceso en el que llega un momento en que una sociedad alcanza un clímax, un “estado” de gran desarrollo y luego viene la descomposición, porque en todo ese ciclo, en todo ese proceso, alguien salió muy desfavorecido.

En esto, las personas son como los países, encuentra uno –ya bien visto- como factores externos, que tal vez si las relaciones entre los países fueran más iguales, más equitativas, posiblemente estos viejos conceptos medievales perderían un poco de vigencia. Tal vez ya el que tiene dinero, muchísimo dinero, y no se sabe cómo lo obtuvo ni importa cómo lo obtuvo, resulta que tal vez no es el ungido, el escogido de Dios; tal vez el que logró realizar su vida en términos de intentar un desarrollo familiar feliz, por ejemplo, o en una situación un poco más amplia, en un país intentar una sociedad más feliz, que gira en torno a verdaderos valores, proporcionaba más felicidad, a la larga, que el haber caído en una espiral de la que no nos podemos devolver, por las corrientes económicas actuales inevitables: así va. Ese es un proceso de desarrollo de la humanidad.

Pero nos encontramos con que cuando una sociedad -como ocurre con la costarricense- matan a un niño todas las semanas para robarle unas tenis de marca, una bicicleta, una patineta, un walkman, entonces, uno dice: ¿Adónde está llegando este esquema de sociedad occidental? ¿Por qué nuestros países, siendo totalmente subdesarrollados, como se decía antiguamente –y yo lo sigo llamando igual- queremos vivir como países industrializados? ¿Por qué no somos un poco más cautos?

He ahí que la responsabilidad la tienen los dirigentes políticos, la tenemos los padres de familia, los adultos; la tiene, desde el punto de vista exterior, lo que nos induce a un consumismo y, como que nos obliga a gastar todas las pocas riquezas que tenemos en comprar cosas que no necesitamos. El consumismo yo creo que es –haciendo referencia un poco a lo que mencionó don Hernán Vega, muy sabiamente- algo que afecta sensiblemente nuestros valores y los convierte en despropósitos.

En alguna oportunidad mencioné, en una charla, que antes del inicio de los planes de ajuste estructural, a principios de los años 70 o 74, fue la época en que fui afortunado, estando ya en la universidad, y tal vez un poco antes, en los años sesenta, yo creo que esta generación que está aquí representada vivió esos años –no sé si fue igual en todos los países- Costa Rica tenía una gran clase media, una sociedad bastante feliz, donde nunca se miraba a nadie por debajo de hombro, porque era una sociedad bastante frugal, sencilla, donde los cochecitos de palo, los juguetes que se encontraban en el campo, las ramas de los árboles, eran juguetes perfectos. Ahora no; los niños ya no se conforman con eso y son infelices porque no tienen el nintendo y todos los jueguitos de este. En fin, son cursos intensivos de violencia.

Esa situación tiene que cruzar, atravesar todas las líneas de cualquier estrategia que lleguemos a diseñar con el patrocinio de los organismos internacionales y con nuestros propios recursos, que tiendan a revertir un poco, a sostener ese proceso.

Les contaba ese tipo de cosas porque recientemente tocó a las puertas de mi familia una situación de esas: un niño, todo un prospecto de gran ciudadano, fue asesinado con una pistola de 9 milímetros. Un maleante tomó la bicicleta del muchacho, luego lo tiró al suelo y le disparó en el cerebro, como un ajusticiamiento.

Cuando eso ocurre, uno reflexiona: eso es corrupción, eso que pasó y lo que pasa todos los días, es corrupción. Estamos llenos de situaciones de doble moral, estamos llenos de situaciones ya estructurales, donde a las empresas que constituyen los notarios—y yo que fui notario también constituí muchas empresas—uno no les busca el fundamento filosófico, ideológico que deben tener; y conste, que no estoy en contra del desarrollo empresarial, pero sí del desarrollo irrestricto de una empresa.

Una empresa está hecha para evadir el Fisco, para no arriesgar mi capital en un negocio, lo que me lleva a una actitud irresponsable. Aquí se han caído bancos, se cayó el más antiguo de Costa Rica, precisamente, porque se creó toda una infraestructura de sociedades que no tenían ningún respaldo económico, y resulta que estas sociedades se crearon para que fueran ejecutadas y nunca pudieran honrar los créditos a los que se habían comprometido; eso hizo colapsar el banco más antiguo del país, un banco desarrollado por la banca nacionalizada, que era de todos los costarricenses.

Son situaciones que, de alguna manera, hay que plantear en los proyectos que se propongan en un futuro, porque vamos a la parte de capacitación, que es uno de los temas que nos ocupan: reglamentación, estatutos, en fin, prevención. Dentro de esto encontramos leyes de control; en toda Centroamérica las hay; pero encontramos leyes de control ineficaces en la práctica, sea por caducidad -como lo decía el compañero de El Salvador- sea porque están hechas con el propósito de que no se cumplan.

Encontramos esfuerzos muy importantes, como uno que en los últimos tres años ha realizado República Dominicana, en el sentido de capacitar, porque la capacitación es importantísima,. Esto conlleva lo que les mencionaba antes, los pequeños aspectos filosóficos que les comentaba antes deben estar inmersos dentro de un programa de capacitación.

República Dominicana fue capaz de crear un recargo de funciones en un funcionario público, quien es el Procurador, y resulta que, además, diseñó un programa de capacitación al punto que logró traer, obligatoriamente, a alrededor de 700 empleados públicos por día. Ese es un esfuerzo encomiable y, lógicamente, una fortaleza que evidencia dentro de estas cosas comparables, la República Dominicana.

Como contrapartida de eso, déjenme hacer críticas, son críticas muy académicas y nada políticas. Por ejemplo, se crea una procuraduría, pero esta depende del Presidente de la República y resulta que los aspectos o los hallazgos sobre materia de corrupción van a ser reportados exclusivamente al Presidente. Por otro lado, no tiene un presupuesto independiente, porque la independencia económica, al igual que la funcional y la estructural, van aparejadas, para evitar situaciones de este tipo.

Hay una excelente iniciativa que rescatar: la Comunidad Internacional, dentro de estos buenos ánimos que nos reúnen, estos esfuerzos, porque son verdaderos esfuerzos, tal vez puede recomendarse algo y, de hecho, se está recomendado por ahí, en unas líneas.

Encontramos situaciones de contratación administrativa que no se cumplen. Hablo en general de muchos países y en otros que -como lo dice don Hernán Vega- cuentan con un arsenal normal, todo un arsenal normativo. Costa Rica es un caso de esos, tiene todo un arsenal normativo, pero por ejemplo, ¿qué está pasando en este país? Hay un problema cautelar en la de menos. Han sido procesadas varias personas, el Ministerio Público se esfuerza, trabaja duro y ha logrado procesar a muchas personas por corrupción, por enriquecimiento ilícito, por denuncias provenientes del ente contralor, de la Procuraduría, en representación del Estado, por denuncias de los ciudadanos, denuncias de la Defensoría, se han abierto muchas causas y se ha procesado a mucha gente.

Sin embargo, estamos fallando en un problema cautelar: resulta que los procesados se están fugando; gente que ha hecho caer bancos, por ejemplo, se ha fugado y, entonces, la administración de justicia se desgasta en un proceso eterno para tratar de extraditar a estas personas.

Lo estoy enfocando hacia el lado de fortalezas y debilidades, porque sería muy tedioso y aburrido para ustedes, después de haber escuchado con mucho más propiedad y en detalle, situaciones legales particulares de tres países al menos, ponerse a hacer un análisis detallado de lo que sea comparable en los estudios, porque otras cosas no son comparables, puesto que los estudios no estaban diseñados con una matriz ni con una guía metodológica para que fueran comparables.

Uno encuentra uno debilidades y fortalezas. Hablamos de capacitación, de control administrativo, enriquecimiento ilícito, por ejemplo, y hablamos de tipos penales. Los tipos penales son de menos a mucho más en Centroamérica y en República Dominicana. Hay países que tienen contemplados muy pocos tipos penales y, de una manera muy anticuada, de tal forma que no se ajustan a la corriente de los tiempos.

A partir de la firma y ratificación de la Convención de los países estudiados, surge o nace una voluntad política para cubrir esos aspectos, tanto preventivos como represivos, porque una constituye la contraparte de la otra; no se puede lograr una cosa sin la otra.

Encontramos, por ejemplo, profusa legislación y otra que está, como en el caso de Nicaragua, por aprobarse en el Congreso Nacional. En la Asamblea Legislativa nicaragüense existe un proyecto de ley, si bien la legislación actual represiva es muy pobre, encontramos que existe un proyecto que se ajusta a los actos de corrupción en un todo, que contempla el artículo 6 de la Convención Interamericana. Encontramos que Costa Rica tiene su gran arsenal normativo, incluye cantidad de tipos penales y resulta que, además, en la Asamblea Legislativa hay un proyecto, presentado por iniciativa de la Contraloría, en el sentido de ajustarse todavía más a los tipos penales recomendados en la Convención.

Recordemos que los que la Convención establece son mínimos y pide, si mal no recuerdo en el artículo 7, que eso es un mínimo y que los países cumplan con todo lo que, adicionalmente, puedan implementar en términos normativos, términos preventivos, términos de los doce aspectos que ustedes manejan bien, del artículo 3 de la Convención.

¿Qué pasa? Ahí caemos en otra situación un poco complicada, algunos de los comentarios que hicimos al principio, nos hacen ver que Centroamérica avanza hacia una integración, si bien no política en todos los aspectos, ahí existen situaciones de corte centroamericana, hay reservas, en fin, una serie de aspectos que todavía no nos pueden decir: estamos a tantos años de una integración política, pero sí estamos ya encima de una integración normativa y comercial, y de un corredor pacífico centroamericano, que va a cruzar todos los puertos de Centroamérica, a fin de facilitar la extracción del producto. Todo ese tipo de cosas implican, de hecho, una integración.

Dentro de esta integración y dentro de situaciones que nos son comunes a todos los países—por eso se ha seleccionado a un grupo, es un aspecto regional que estamos viendo—se hace muy importante armonizar, para los efectos de cumplir con la Convención. ¿A qué llamamos armonizar? A hablar en un mismo idioma jurídico en todos los países inmersos dentro de una región.

Cuando vengan unos mandatos muy importantes para darle vida, para cobrar eficacia y vigencia a la Convención, resulta que nos van a venir pedidos de extradición, todos los países estamos obligados a una debida cooperación internacional. El juez que va a ver el pedido de extradición, por ejemplo, va a investigar “prima facie”, va a decir: este delito coincide con un tipo penal costarricense. Empezando por ahí, dirá si procede o no la extradición, puesto que la conducta, eventualmentela detención de la persona para ponerla al servicio de la justicia de otro país, o bien para juzgarla aquí, o bien, para realizar investigaciones policiales, fiscales, etc., resulta que no coinciden los tipos penales, se nos escapa la posibilidad y deviene el asunto en un incumplimiento de los postulados de la Convención.

Eso me lleva a hacer una recomendación muy puntual a los países, en primera instancia, seguir la recomendación de la Doctora Mc Lean, para llevarnos la inquietud de seguir en esta actitud de cooperación aprovechando la posibilidad que nos da la OEA, las iniciativas legislativas en este momento estamos cumpliendo, para que pensemos en estos aspectos, en estas grandes líneas; ya los expertos se encargarán de diseñar. Yo traigo, además del trabajo que he presentado, un documento que he sometido a la asesoría jurídica de la OEA y que sirva para establecer una plataforma de proyectos, recogiendo todos los aspectos señalados aquí por ustedes y las deficiencias y fortalezas señaladas por los expertos en cada estudio, para que sea considerado si se puede traducir en proyectos que viabilicen todas estas recomendaciones que hacen nuestros expertos.

El hecho de que un delito signifique aquí una cosa aquí diferente de lo que significa en El Salvador o en Panamá, constituye un obstáculo por salvar preventivamente, mediante una metodología que permita desde ahora, desde el proceso que lleva a los cambios, llegar a la Asamblea Legislativa de cada país para poder efectuar las modificaciones tendientes a favorecer la cooperación internacional obligada por la Convención.

Deben verse razones de oportunidad, por ejemplo, no hemos llegado a un punto de coincidencia ni creo que lo vayamos a llegar en muchos años, en que los períodos de Gobierno sean por el mismo número de años en cada país de los nuestros, de los estudiados, ni tampoco en cuanto a que los períodos legislativos terminen en forma igual. Este tal vez es el trastorno metodológico real, desde el punto de vista político y de autonomía e independencia de cada país, que hace que se tengan que posponer las intenciones de armonización o de cualquier iniciativa conjunta.

Es cierto que las Asambleas Legislativas son las que llevan la voz cantante en toda esta situación. Los Congresos -y aquí debo rescatar, por la experiencia que tuvimos con el primer convenio que logramos concretar de lavado de dinero Centroamericano- los técnicos y asesores legislativos son personas que juegan un papel muy importante, son funcionarios de transición que resulta que asesoran a este Diputado o a esta Comisión Parlamentaria y también van a asesorar, con muy buen criterio y suceso, a quienes ya vienen, a los que están siendo nombrados.

La implementación de esta Convención requiere distintas acciones, entre ellas está la armonización de la legislación, un estudio comparativo intenso. Es muy importante completar lo de Guatemala, por lo menos en grandes líneas, ya que, accidentalmente, el territorio beliceño está en Centroamérica. Debemos comprendernos un poco con Belice e ir trazando las primeras líneas para una relación de este tipo. Tenemos la barrera cultural, la barrera del idioma, pero es importante porque el delito es transnacional; entonces pretendemos precisamente controles, medidas y leyes también transnacionales: olvidarnos de figuras, por ejemplo de las cartas rodatorias para los pedidos de cooperación internacional, olvidarnos de una serie de cosas, salvar obstáculos innecesarios cuando se tiene una plataforma normativa, de convenios y tratados bilaterales que pueden hacer obviar tales escollos.

Las contralorías son un tema que toca los estudios Centroamericanos de Panamá y de República Dominicana. Resulta que las contralorías, encargadas de vigilar el control de todo lo que representa un gasto de cualquier centavo de fondos públicos, tienen un inmenso defecto, está basado en los principios que rigen la contabilidad pública: Las Contralorías actúan a posteriori, entonces sucede que se pierde el principio de oportunidad, primero de detección inmediata, de ver un hallazgo rápido, tomar medidas, evitar fugas de capitales, evitar que los delitos de acción continuada en materia de corruptela agranden, mas complicados.

Ese es un punto medular que se hace sentir en los estudios y que creo que debe tocarse de manera importante. Las Contralorías deben poder actuar por etapas, por ejemplo, de ejecución de las cosas, de los presupuestos, etc,. Claro está que en muchos casos están habilitadas y facultadas legalmente para hacerlo en cualquier momento; pero la imposibilidad material, la imposibilidad presupuestaria o de recursos humanos, a menudo provocan que eso se convierta en una ilusión, en una falacia que nunca se llega a cumplir.

Es muy importante que, de alguna manera, se revisen las legislaciones, para que las Contralorías puedan actuar en una forma más presente mediante auditorias especializadas. Por auditorias especializadas me refiero a auditorias por materia, que se realizan en cada institución de acuerdo con el común operar ella. No es lo mismo una auditoria bancaria que una auditoria en una institución de producción del Estado, una institución autónoma o una institución descentralizada. Existen principios comunes y generales. Entonces, resulta que el conocimiento de la práctica del desarrollo de cada institución donde se gasten fondos públicos, debe ser objeto de una auditoria especializada.

Debe trabajarse, en todos estos aspectos, en términos comparados, en términos regionales en todos los aspectos. Debe involucrarse a todos los actores, por ejemplo, los sistemas jurídicos. Hay que involucrar a la Corte Suprema de Justicia, las Procuradurías, las Contralorías, las Fiscalías, los jueces defensores públicos, los jefes de policía y los policías; en fin todo, el sistema debería aparecer involucrado en todos los aspectos que son normativos y represivos a la parte académica, a los estudiosos del derecho, etc,. Y luego para poder implementar las medidas que se lleguen a tomar después de las conclusiones. Es muy importante desarrollar una labor de convicción de los titulares y los jerarcas en cada institución.

Cuando se discutía el Convenio Contra el Lavado de Dinero, estuvimos molestando a don Román Solís, Procurador de Costa Rica, también al Señor Fiscal, don Raúl Pineda, en Honduras, a la presidencia de la Corte en Panamá. Eso con personas que puedan dar una explicación extensa de cuáles son el objeto y el propósito de las reformas, las enmiendas y la integración normativa, en fin, de lo que sea. Que estas personas giren las instrucciones; en eso, ustedes pueden constituirse en portavoces, porque son titulares de los Poderes de la República. Ustedes pueden llevar ese mensaje para que, en el momento en que se produzca una iniciativa regional de cambios o de modificaciones, pueda existir una línea, una instrucción, para que cuando llegan los expertos que han investigado, cuando se aportan, por parte de las instituciones para que contribuyan a los estudios, no les crezca su trabajo en el escritorio. Son consejos ante los escollos prácticos que se dan.

En cambio, si hay una línea política, una directriz por parte de cada jerarca, resulta que las cosas fluyen fácilmente.

Los códigos de ética son también fundamentales en todos los países. No voy ahondar en eso, puesto que ya se ha mencionado en las intervenciones.

Las relaciones con la sociedad civil son también trascendentales, pero el término de involucramiento de la sociedad civil es se maneja desde muy recientemente en nuestros países. Incluso el término mismo de sociedad civil casi no se manejaba antes; ahora se habla mucho de él. Desde luego que, cuando estamos hablando de crisis de valores y situaciones de corrupción, lógicamente la sociedad civil tiene que intervenir.

Resulta que la sociedad civil sufre los problemas de la corrupción, pero no sabe cómo manejarlos, ni qué está sucediendo. También se ve inmersa en un remolino, en una centrífuga, y no sabe manejar tales asuntos.

Han surgido instituciones como la Defensoría de los Habitantes, mencionada por ustedes aquí, que le permiten, al ciudadano común y corriente, canalizar las cosas; sin embargo, parece que hay una iniciativa legislativa que también está dispuesta a apoyar todas las relaciones con las sociedad civil para que se establezca una comunicación directa y fluida, a fin de ver no tanto las denuncias sino también las iniciativas, la concienciación de qué es lo que está pasando con nuestras sociedades.

Pocos países, pues no es algo muy frecuente, cuentan con organizaciones dedicadas a la defensa de los valores. Por ejemplo, en Costa Rica tenemos la Comisión Nacional de Valores, que casualmente preside don Hernán Vega, esta ha desarrollado un trabajo fructífero a nivel de conciencia, pero aún así la corrupción no se ha podido detener.

Tenemos a COORDINA, que ha trabajado -se puede decir que con las uñas- y ha abierto otras organizaciones, asociaciones y coordina a nivel de Centroamérica, pero tampoco hemos podido parar la corrupción.

Yo creo que solamente con una adecuada prevención y el control apropiados como complemento, así como una conciencia clara y una amplia difusión en la parte preventiva de los valores y las acciones por tomar, podremos controlar en algún momento la situación, por lo menos un poco.

Uno se puede separar del desesperado problema del consumismo recurriendo a la vía de escala de valores, que, normalmente, origina la Constitución de cada país. Esta escala debe tener una vigencia prolongada en cada país; si no se acude a eso y no se le hace ver a la gente que el desarrollo espiritual y deportivo, la satisfacción de metas y deberes cumplidos, los buenos principios en una familia, en una sociedad, un país, una región, si eso no se puede conseguir todos vamos mal y va a ser imposible detener la situación.

Es triste ver que yo creo que por ahí había un economista Toimbie, que hablaba mucho de eso y decía que cada sociedad tenía un ciclo: primero era economía pequeña, incipiente, venía desarrollándose y, al final, llegaba a ser un gran emporio económico y ese mismo emporio económico venía a destruir y desintegrar la sociedad hasta que se completaba un ciclo.

Encontramos que, casual y desafortunamente, cada vez ocurre que los países tocan fondo es cuando vienen a soplar en las cenizas, en las brasas, para ver si encuentran los viejos valores que le dieron vigencia a una sociedad, durante un lapso determinado de veinte, treinta, cincuenta años, de acuerdo con las realidades políticas de cada país.

Ojalá no lleguemos a tocar fondo, sino que podamos realmente desarrollar situaciones preventivas, básicamente, para que esta Convención sea una realidad.

EL PRESIDENTE:

Vamos a pasar al siguiente punto, que es el debate dirigido. Por lo avanzado de la hora, se les solicita a los participantes ser muy concisos en sus planteamientos. Este debate va dirigido, más bien -como lo mencionamos al principio- a exponer las debilidades y las fortalezas de nuestras leyes centroamericanas, en relación con el tema que estamos analizando hoy, con la intención de ver las reflexiones que se puedan llevar al Congreso que se realizará el próximo año en la República de El Salvador.

Cada participante debe decir su nombre y el país que representa.

Se me informa que mañana se les hará entrega de copia de las exposiciones de hoy, para que cada quien tenga un resumen de ellas.

SEÑOR FRANCISCO BERTRAND:

Queremos sumar algunas reflexiones a lo que ya se expuso, porque nos parece que este es un tema bastante complejo y uno siempre se pregunta por qué no se resuelve el tema de la corrupción. Obviamente, tiene muchos enfoques.

Quiero agregar un enfoque adicional. Primero, considero que nuestras legislaciones son muy aspiracionistas en el tema de los valores. De alguna manera, estamos hablando de que aquí hay un valor occidental equis, y pensamos que ese valor es aceptado por todas las sociedades del Occidente; sin embargo, pareciera que algunas sociedades tienen, al menos en las líneas fronterizas de lo que es el valor, connotaciones diferentes acerca de qué es bueno y qué es malo.

Una de las partes -creo que lo mencionó don Hernán- es que deberíamos tratar de hacer un análisis cultural de qué es lo que nuestra sociedad acepta como bueno y lo que acepta como malo. Primero, porque eso nos da los límites de que una norma vigente puede llegar a ser positiva, y segundo, porque si vamos a hacer un proceso de cambio, obviamente no va a ser vía leyes, sino que va a ser mediante un sistema de más largo plazo de carácter reculturizador.

Digo eso porque muchas veces nuestras legislaciones están llenas de tal nivel de aspiración de perfección, que los ciudadanos ni respetan porque no lo consideran malo. Usar el vehículo del Estado en muchas sociedades es lo más normal del mundo, así como recibir regalos en Navidad es lo más normal; sin embargo, en nuestras legislaciones, si las revisamos, todos esos son actos de corrupción que a la gente, en verdad, no le importan.

El otro tema que considero importante, y que está mencionado en el documento de la señora de Fletcher, es hasta qué punto la estructura del Gobierno ofrece incentivos perversos para que los funcionarios se vuelvan corruptos. Yo creo que el excesivo procedimentalismo de los trámites, la poca capacidad de acceso a la información del Estado como tal, y de sus procesos, son, obviamente, incentivos importantes para que cualquiera pueda hacerlo.

Hay algo más importante de citar, aunque no sé qué tanto en cada país -sobre esto, obviamente, hablo por el mío, por el Salvador- creo que en la parte política y, especialmente, en los Congresos y los partidos políticos, se tiene un doble estándar sobre la legalidad. No voy a hablar de la moralidad, sino de la legalidad, que es parte del problema de cómo hacer cumplir las leyes; es decir, es muy normal que un partido político equis, por ejemplo, quiera que existan leyes fuertes contra la corrupción, pero valide y haga, como cosa buena, que un grupo de sindicalistas, para el caso, llegue y tome una oficina, lo que también es violatorio de la ley.

Es decir, ese doble estándar de que en unos casos la norma funcione y en otros, no, y yo soy el político que lo estoy impulsando en un lado y lo estoy desimpulsando en el siguiente. Los mensajes culturales que mandan eso, son también temas importantísimos porque, entonces, permiten suponer que él puede decidir cuál es la ley que funciona y la que no funciona, pues, obviamente, yo también debo tener la misma capacidad de saber cuál es la que funciona y cuál la que no funciona. Muchas gracias.

SEÑOR CARLOS BENAVIDES:

Precisamente, ese tema de la corrupción pienso que tiene sus raíces en la falta de planeamiento, a veces dejando de lado el aspecto educativo, que muchos países del área han tratado de retomar, tratando de formar a los futuros ciudadanos de los países concientes de sus derechos y responsabilidades y tratando de conocer los aspectos negativos de la corrupción.

Sin embargo, considero que don Benjamín Odio lo tocó claramente, al referirse al asunto de la espiritualidad. Me parece que todo tiene que ver con el temor a Dios. Pienso que todo nace ahí. En el tanto yo tenga a un Dios, al cual yo me pueda acomodar y al cual pueda desobedecer en algunas cosas, pienso que la corrupción no se va a acabar. La misma palabra de Dios dice que la raíz de todos los males es el amor al dinero. Pienso que eso es lo que en este momento está atancado a las sociedades: ese amor a enriquecerse a como dé lugar. El amar el dinero desesperadamente, donde a nadie le importa si actúa bien o mal, porque lo que interesa es enriquecerse.

En el sector público, lo vemos considerablemente con los empleados públicos, quienes quieren ganar más trabajando lo menos posible. De ahí vienen los grandes problemas que se producen con las huelgas de los sindicatos y asociaciones.

Creo que este es es un esfuerzo que se ha realizado y se seguirá haciendo para evitar la corrupción en los países del área. Yo realmente estoy muy satisfecho de estar participando en esta Cumbre, porque veo que hay ingentes esfuerzos por parte de nosotros por atacar la corrupción.

LICENCIADO HERNÁN VEGA MIRANDA:

Quiero ahondar un poco sobre el aspecto de la educación. En la Comisión Nacional de Rescate y Formación de Valores, hace doce años implementamos algunos programas que se aprobaron en el sector educación; sin embargo, hay que entender esto: muchas veces insistimos en que la educación, es, de alguna manera, la que va a desestimular las actitudes proclives hacia la corrupción. Sin embargo, nos encontramos con una realidad: la educación no solo puede ser la formal, sino también la informal y, en este proceso de educación, deben participar todos los sectores de la sociedad civil: los medios de comunicación, las iglesias, la sociedad política, porque ¿quién va a educar a nuestros hijos?

Si estamos hablando de que existe un fenómeno de corrupción profundo en nuestras sociedades, sin lugar a dudas quienes nos están formando tienen deformaciones conductuales y tales deformaciones en sus actitudes impiden que se dé una orientación debida en el proceso formativo de los educandos.

Por eso, insistimos en que todo el proceso de educación tiene que ser integral. Deben desarrollarse programas y campañas a nivel nacional, donde los medios de comunicación participen, activa y positivamente, porque con frecuencia se destacan los aspectos negativos de las sociedades. Eso es lo que hacen algunos medios de comunicación. Pero es importante que se ubiquen los aspectos positivos que tienen nuestras sociedades.

Nos parece que en este proceso, además de que se debe recibir una educación integral, esencial y determinante, también es urgente analizar las causas de los factores de corrupción.

En uno de los congresos que realizamos en 1974, se mencionaron como algunas de las causas que generaban la corrupción, las siguientes: deterioro de los valores, presiones políticas, tráfico de influencias, utilización para beneficio personal de la estructura y funciones de la administración pública, ausencia del interés ciudadano ante los problemas nacionales, favores contra la ley, ausencia de idoneidad objetiva, influencia político-partidista en la promulgación de las leyes, manipulación de la información, desintegración familiar, deficiencia y desajuste en el sistema educativo, en nuestro caso, el costarricense.

Es necesario que en todos estos aspectos exista voluntad política. Una propuesta de cualquier sector de la población no va a tener éxito, si no hay voluntad política. Los discursos son la moda. Desafortunadamente, no es que yo no crea que sea una doble moral, yo creo que hay una moral, porque lo otro es inmoral. Lo que existe es el doble discurso: el que emite el discurso de su lucha contra la corrupción y, en el fondo, la patrocina; de esto tenemos ejemplos en América Latina.

Creo importantísimo que se identifique entre el deseo absoluto de luchar contra la corrupción y las acciones que se desarrollen e implementen para combatirla efectivamente.

EL PRESIDENTE:

Solucionado el problema técnico, continuamos con el debate. ¿Alguien desea hacer uso de la palabra?

SEÑOR ROY EDUMUNDO MEDINA:

Son muy interesantes todas las exposiciones que hemos escuchado, indudablemente, se trata de profesionales con mucho conocimiento sobre la materia.

Quisiera hacer, en forma breve, una reflexión. Yo veo la corrupción como un fenómeno cultural, de impunidad. Es cultural porque acceder a un cargo público para enriquecerse, por algunos sectores se ve como normal, recibir obsequios, dádivas, usar los vehículos para cuestiones de orden particular, se ve bien para quien lo hace y lo justifica en su fuero interno, es más, si tiene que justificarse externamente, también lo hace.

Ahora bien, ¿la sociedad lo mirará bien? Pienso que no, que no lo ve bien en El Salvador, amigo Francisco, ni en Honduras ni en Costa Rica ni en ningúnr otro país. Hay conductas que son reprobadas, que son rechazadas. Pienso que la corrupción es un mal que existe porque las condiciones estructurales del Estado se han elaborado de tal manera que facilitan la corrupción, y si bien se emiten leyes internas, muchas de ellas, precisamente originadas en convenciones contra la corrupción, en el fondo, es más un barniz, un maquillaje hacia fuera, que la verdadera voluntad de combatirla.

En mi país se ha llegado a legislar para que, por medio de una ley, se legitimen los actos de corrupción. Se han atraído inversiones extranjeras con el propósito—se dice—de reactivar la economía, pero esos dineros han parado en manos de particulares. Y cuando hemos procedido a acusar desde el Ministerio Público, los Tribunales o mandan a diferir las actuaciones del fuero penal al fuero civil, porque dicen que lo que hubo fue un contrato mercantil o un contrato civil o sobresean las causas.

Aparecen elementos de prueba incriminatoria, donde se acredita que se ha maquinado, que se ha inducido a error a una persona, y aparece haciendo donativos a particulares; pero cuando les recibimos declaración dice que no es cierto, que en todo caso sí donó al Estado para obras de servicio público. Es más, han aparecido hasta nombres y firmas de personas que nunca estuvieron en ese sitio donde dice que firmó.

Ampliamente probado, sin embargo, los jueces y aun las cortes, no encuentran el delito y se amparan bajo otro concepto: que las sociedades mercantiles no delinquen, que no existen los delitos societarios, como si el delito societario fuera la comisión del delito mismo por parte de la sociedad mercantil y no el delito que puede cometer un socio contra otro socio o el delito que comete un socio contra la sociedad.

Pero bajo el concepto de que no existen delitos societarios, se facilitan nuevas modalidades delictivas, y si las personas naturales quieren actuar con impunidad, lo hacen por medio de una sociedad mercantil; así no le deducen responsabilidad. En los casos en que se acreditó que a título personal actuaron, estafaron, defraudaron, siempre tenemos dificultades, ante la debilidad del sistema de justicia y los grados de corrupción existentes.

En mayor o menor grado, ha de ser un problema similar en los diferentes países que nosotros representamos. De ahí que para el caso del enriquecimiento ilícito, la malversación de caudales públicos, los actos de corrupción, en términos generales, y estos solo constituyen algunas de las variantes, el cohecho, el prevaricato, etc., me parece que el doctor Hernán Vega planteó algo que merece que reflexionemos.

Hay corruptos, pero también exsiten corruptores. Los particulares inducen a la corrupción a muchos servidores públicos. Habrá servidores públicos cuyas condiciones económicas los convierten en una víctima fácil; por ejemplo, ¿qué hará un conserje que gana cien dólares al mes, y le dicen que si substrae un documento le van a resolver algunos problemas de su vida? Incluso ¿qué hará un juez que tiene una esposa y un hijo gravemente enfermo?

Esto no se justifica, obviamente, pero los vuelve víctimas y, en muchas ocasiones, al servidor público -no se me entienda como una justificación, no trato de justificar- sino que la inducción le viene de afuera, es externa. Decía que, por ejemplo, ese empleado no pensaba permitir que un furgón, un contenedor cargado de artículos electrodomésticos, pasara la frontera sin registro en aduanas. Sin embargo, las trancas que les llaman, esos controles materiales que existen, además del control de los registros, se abren las puertas, se levantan esas trancas y los vehículos ingresan. Al final tenemos a particulares distorsionando la economía, particulares que, al competir con los hombres honrados, con los empresarios honrados, cuentan con todas las ventajas. El honrado, el que paga las pólizas correspondientes, el que afora, ese está en desventaja.

Nosotros hemos visto cómo se cierran muchas empresas mientras que otras surgen, y entre esas que surgen, muchos perderán con las ventas, pero sus registros contables reflejan utilidades que tal vez vienen de lavado de activo, de lavado de dineros, generalmente, dineros producto del narcotráfico, de las altas instituciones financieras, del robo de vehículos, etc.

Nosotros tenemos una ley contra el enriquecimiento ilícito de más de veinte años, pero no hay uno solo condenado por enriquecimiento ilícito, y eso está a la vista, no necesitaría probarse, es más, la Constitución de El Salvador a la que se refería Francisco, ni más ni menos es el mismo artículo constitucional nuestro, y la carga de la prueba se invierte, se presume el enriquecimiento ilícito por solo el incremento en el patrimonio si los emolumentos, los sueldos personales y familiares y los dineros legítimamente adquiridos no lo justifican.

Así está establecido en una norma constitucional, pero en la práctica, aun con la inversión de la carga de la prueba, porque es el presunto enriquecido ilícitamente quien tiene la obligación de acreditar la licitud de sus ingresos, hermosas disposiciones constitucionales, legales, las convenciones, al final nos llevan a enfrentarnos a un problema de impunidad.

Por eso decíamos que justificar desde el punto de vista cultural, en el sentido de que se llega a un cargo público a hurtar, a robar, y quienes entran y salen pobres, muchas veces se les señala como a torpes o como tontos, mientras que a quienes logran enriquecerse—y quizás son la mayoría—desafortunadamente se les ve como a héroes. En las reuniones sociales encontramos a los defensores de la moral, los sacerdotes, los pastores, los representantes o los jefes de misiones diplomáticas, los altos funcionarios del Estado, conviviendo con los corruptos, y a esos más bien se les rinde algún grado de pleitesía, se les llega a admirar por su habilidad para corromperse o para corromper a los demás.

Disculpen que me extendí, solo quería que reflexionáramos y entendiéramos que la tarea es difícil. Ustedes han escrito mucho y han hablado muy bien, ojalá encontremos la voluntad política, en todos los Estados acá representados y las convenciones suscritas efectivamente se cumplan, así como las leyes internas.



SEÑOR JOSÉ JUAN CEBALLOS:

Considero que una de las causas por las cuales la corrupción se ha vuelto un problema si no imposible, por lo menos muy difícil de controlar, es la coincidencia -como lo han planteado aquí algunos expositores- entre el bienestar económico y el prestigio que tiene la persona en la sociedad. En la medida en que tú prosperes económicamente, tienes más prestigio entre la sociedad. Eso trae, como consecuencia, que las personas recurran a cualquier actuación para obtener dinero.

Con frecuencia nos encontramos con el doble discurso no solo en el funcionario público, sino, con más frecuencia, en la sociedad civil. Al empresario, el profesional, el ciudadano que quiera acelerar un trámite o quiera obtener un resultado positivo, una gestión ante el Gobierno, no le tiembla la mano a la hora de entregar dinero para que se le favorezca en lo que él pretende. Esa es una de las fuentes fundamentales de la corrupción.

Debemos atacar el problema desde la posición de los funcionariados públicos, pero también hay que mandarle mensajes a la sociedad civil en el sentido de que sin corruptor, no hay corrupto, y que dejen de estar usando el doble discurso al hablar de corrupción, pues son ellos los primeros en meterse la mano en el bolsillo con tal de obtener un trámite rápido u obtener un beneficio.

¿Cuántos empresarios recurren a sobornar a un funcionario de aduana porque quiere pasar el contrabando? ¿Cuántos funcionarios no dudan en entregar dinero a un funcionario de quien depende la decisión de la empresa con la cual va a contratar? Ahí existe un aspecto fundamental que debemos tomar en cuenta en el momento de analizar o de ir en la lucha contra la corrupción.

También he escuchado a muchos colegas lamentarse por la influencia que ejercen el Ejecutivo y el Legislativo, frente a algunos funcionarios de control o investigación. Quizás no sea la solución, pero puede contribuir a que procuremos que los funcionarios encargados de la fiscalización y el control trasciendan los períodos presidenciales, porque, por lo general, en nuestros países, los contralores y una serie de funcionarios que tienen responsabilidades de control y fiscalización sean nombrados por el Presidente, la Asamblea Legislativa, y sus períodos coinciden con los de ellos.

En la medida en que tú les des mayor permanencia a esos funcionarios y en la medida en que desarrollemos las carreras públicas, la judicial, la administrativa, y el funcionario sienta que su posición depende de su honestidad y su capacidad, y se evite que haya manipulación en el ingreso de esas carreras de parte de los superiores, tendremos más posibilidades de que el problema vaya atacándose en su justa medida.

Además, hay que sancionar no solo penal sino también económicamente a la persona que comete corrupción. En Panamá, hay un organismo llamado Dirección de Responsabilidad Patrimonial, que es nombrada por el Contralor General de la República, quien, a su vez, es nombrado por la Asamblea Legislativa y su período coincide con el de la Asamblea Legislativa.

Esa Dirección de Responsabilidad Patrimonial debe ser independiente, pero ha producido algunos frutos. A funcionarios que han lesionado el patrimonio del Estado, se les ha seguido juicio y han tenido que pagar el dinero que se han llevado, y no solo los funcionarios, sino también los empresarios, las personas que han participado en tales actividades deshonestas.

Creo que este organismo, sacándolo de la Contraloría, dándole independencia y dándole un poquito de mayor duración, es un instrumento eficaz en la lucha contra la corrupción

SEÑOR RAMÓN DONAIRE:

Muy buenas tardes. Las exposiciones que se han hecho y las intervenciones dadas durante el debate han sido bastante ricas y enriquecedoras.

Debemos estar de acuerdo con que estamos frente a un problema altamente complejo y que, a lo mejor, está requiriendo soluciones sencillas. Debemos estar de acuerdo con que -tal como lo decía uno de los expositores acá- de repente estamos atacando las consecuencias y no las causas. Debemos estar de acuerdo con que las leyes pueden contribuir a resolver este problema, tanto en la prevención como en su sanción.

Sin embargo, también debemos estar de acuerdo en que lo que debemos hacer es ir al rescate de ciertos valores, que tienden a perderse y a convertirse, más bien, en antivalores. Digo esto porque las sociedades juzgan y hasta admiran a los corruptos; sobre todo, a los grandes corruptos, a quienes se convierten de la noche a la mañana en millonarios; no así a aquellos que, por necesidad, de repente se echan unos centavos o cometen un acto de ilegalidad, y luego son sancionados por robarse una bicicleta o una gallina, para sobrevivir y pasan diez o más años en la cárcel.

También debemos estar de acuerdo con que la educación debe jugar un papel fundamental para ir al rescate de esos valores. Sin embargo, quiero contar una anécdota que contaba precisamente hace unos cinco días, el fin de semana anterior, un expositor que desarrollaba un tema sobre el liderazgo, y al concluir su tema, contó esta anécdota:

Resulta que un supervisor escolar fue a revisar las calificaciones de los niños a una escuela, donde solo hay una maestra, y encontró que la mayoría de los niños pasaban. En el grupo había un niño que era líder, pero resultó que cuando el supervisor le revisó las calificaciones, la mayoría eran ceros o insuficientes. Le preguntó a la profesora qué pasaba con ese niño y ella le contestó: “No sé, Pedrito es un muchachito que lo veo muy activo, pero realmente no tiene ningún rendimiento y, generalmente, anda con todos los niños por allá.”

Les voy a contar parte de la historia. El supervisor, junto a la maestra, le preguntaron: “Pedrito, ¿qué te pasa?, ¿por qué solo ceros sacás?” “No sé la profesora”. “Te vamos a hacer algunas preguntas para revisar tus notas.” Y entre otras cosas le dice: “Pedrito, ¿cuántos días tiene la semana?” El niño responde: “Depende”. “Pedrito, ¿cuántos días tiene la semana?” “Depende”.

“¿Depende de qué?, le dice el supervisor. “Pues depende; si es una semana calendario, tiene siete días; si es una semana laboral, tiene seis; pero la semana de la profesora apenas tiene tres días.” O sea, la profesora llegaba miércoles, martes y se iba el jueves.

La reflexión importante es en manos de quién ponemos a nuestros niños: acaso la responsabilidad de la educación de nuestros niños debe recaer sencillamente en un maestro o acaso nosotros, como conductores de nuestros hogares, de nuestras familias, estamos conviviendo con un sistema de plena corrupción, que hemos aceptado, y los valores que nos enseñaron nuestros abuelos y nuestros padres se han ido diluyendo en una sociedad, en la que cada día los medios de comunicación nos bombardean y en la que el mensaje que damos al niño para tratar de rescatarlo de las garras de la corrupción es multiplicado a la inversa, por los otros medios de comunicación a los cuales están expuestos.

LICENCIADO ROMÁN SOLÍS:

Muchas gracias. Me desempeño como Procurador General de Costa Rica y debo agradecerles a todos los amigos de Centroamérica y de la región su presencia en esta actividad.

Haré una pequeña reflexión para retomar un discurso técnico jurídico que don Benjamín mencionó en su ponencia y que, a veces, se nos escapa, por lo menos a quienes estamos en el campo de las ciencias jurídicas y tenemos, bajo nuestra responsabilidad, la conducción de organismos técnico jurídicos que desempeñan un papel importante, en alguna medida, en la lucha contra la corrupción.

En primer lugar, cabe hacerse la pregunta de qué es la corrupción. Yo he estado en muchos debates, lo digo con mucho respeto, y sin lugar a dudas, con ocasión del cargo estaré en muchos otros; en ellos se ha discutido sobre la corrupción; pero todavía no he encontrado una respuesta de lo que es la corrupción. Me dan el discurso religioso, el discurso técnico jurídico, el cual creo que es el menos eficiente para darle una respuesta a lo que es la corrupción; el discurso económico, me dan el discurso de la ciencia política, pero no hemos encontrado aún una definición clara, precisa, concisa, que nos permita, en el lenguaje común, el pensamiento común y con la lógica sencilla del pueblo, entender qué es la corrupción.

Considero que, mientras no definamos la respuesta a esto, pasarán muchas horas, muchos debates y conferencias, y no encontraremos una adecuada ubicación conceptual del punto. Así que lo sugiero, nada más, como un tema por discutir: conceptualizar primero qué es corrupción y después tratar de encontrar algunas posibles soluciones a ese flagelo, que ocupa la atención de todos los Gobiernos del área y de América y el mundo. Es un tema de moda, desgraciadamente, está de moda y va a estarlo por mucho tiempo más, como si la corrupción fuese algo moderno, y sabemos que la corrupción existe desde que el hombre existe, por lo menos es una concepción muy personal que tengo sobre la corrupción.

Otro problema que surge en esto es que muchas veces confundimos lo que es el ilícito penal, lo que es la comisión de delitos con el fenómeno de la corrupción, y son dos asuntos distintos. Discrepo de lo que decía don Benjamín, para generar un poco de dialéctica en esta actividad, de que sea corrupción el hecho de que un delincuente, para robarle la bicicleta a un adolescente, lo asesine. Ese es un problema de criminología, es un problema de violencia en la sociedad, etc. No expresa -por lo menos en lo que yo entiendo- un fenómeno de corrupción.

Existe una gran cantidad de políticas, de conductas sociales que no están encasilladas en tipos penales, en códigos penales ni en convenciones internacionales de lucha contra la corrupción, y puede ser que, a la luz y el entendimiento de las mayorías, eso sea una cuestión de corrupción.

El señor Ministro de El Salvador mencionaba un caso o una situación que me llamó a reflexión, porque nosotros lo vimos, hace unos meses en este país. Para el pueblo, para las mayorías, para el común de las personas, puede ser más corrupto que robarse fondos del caudal público, puede ser el que la ley se aplique, con un distinto rasero, a un sector social pudiente porque como grupo de presión tiene capacidad de dominio político frente al Gobierno, que un grupo de personas, de escasos recursos económicos, que cometan un delito de precarismo urbano y sea sometidos a un desalojo violento por parte de la Fuerza Pública.

Ambas figuras exisen; la segunda está penalizada en el Código Penal o las leyes represivas, y la segunda va a recibir toda la represión del aparato estatal; mientras que la primera no, porque tal vez aquel grupo social o económico y poderoso que pasó a las vías de hecho, ocupando de manera ilegal bienes del dominio público estatal, e impidiendo la prestación de servicios públicos de transporte marítimo, pactó con el Gobierno una solución política de su diferendo económico. Y “si te vi, no me acuerdo”, como decimos aquí en Costa Rica. Es más, la Procuraduría tuvo una intervención posterior en el debate político, tuvimos que acusar penalmente, ante el Ministerio Público, y estamos esperando alguna gestión de ese Ministerio en ese sentido, para ver si la ley se aplica con el mismo rasero.

Lo menciono porque ante la ciudadanía, ante el común del pueblo, eso sí es corrupción, porque también, ante la misma ciudadanía, el hecho de que un funcionario o empleado público, de un nivel mínimo, se robe el cupón que le da el Gobierno para ponerle gasolina al vehículo del Estado y lo cambie para tener un poco más de dinero --eso es un ilícito penal y está sancionado en nuestra legislación penal-- es menos preocupante para el ciudadano común. En el caso de Costa Rica, como ya lo mencioné, el cierre de un banco estatal, que le ha costado al pueblo costarricense más de cuarenta mil millones de colones --el juicio, el debate penal está ya establecido y las posibilidades reales de que el Estado costarricense recupere el dinero robado casi no existe porque el capital salió del país, los dos principales imputados escaparon, se fueron a su país de origen y las posibilidades de perseguir el patrimonio de los principales involucrados son cero, porque no tienen ningún patrimonio inscrito a su nombre-- ante la ciudadanía, eso sí es corrupción.

Es corrupción, por ejemplo, el desfalco hecho a un fondo de garantías sociales que tiene el ordenamiento costarricense, el Fondo de Asignaciones Sociales. Se robaron una buena cantidad de millones de dólares. Estamos hablando de más de cuarenta millones de dólares; sin embargo, en el momento de las verdades, solo una persona resultó sentenciada. A estas alturas, tampoco el Estado ha podido recuperar un solo céntimo del dinero que sabemos que salió y quedó invertido en las “off shore” que hay en la zona del Caribe, sin ninguna posibilidad de control y de consecución de sus bienes propiedad del Estado. Ante el pueblo eso sí es corrupción.

Lo que quiero dar a entender, para no cansarlos con ejemplos reales, muy inmediatos, de la situación costarricense, es que, desgraciadamente, se repiten en otros países hermanos de América Central es que eventualmente, podríamos llegar a establecer una primera conclusión: que exista corrupción de corrupciones y que los organismos, como las procuradurías generales, los ministerios públicos, las fiscalías generales, en algún momento, por desgracia, tendremos que llegar a tomar una especie de axiología de la corrupción, para dedicar los esfuerzos institucionales a combatir aquel tipo de corrupción que sea más dañino frente a la sociedad porque, en la medida en que no podamos reivindicar frente a la sociedad esas situaciones, se deslegitima al Estado, se deslegitima la clase política, y los resultados son inesperados.

En el ejemplo que pongo, de nada vale acusar y poner en movimiento toda la maquinaria de funcionarios del Estado para sancionar, con dos o tres años de cárcel, al chofer que se robó un cupón de gasolina, que cuesta diez o cinco dólares y que de tales casos como ese, los tribunales están llenos, y los funcionarios de las procuradurías y de los ministerios públicos, sus respectivas oficinas están llenos de expedientes de esa naturaleza, y todavía en Costa Rica -como alguien lo mencionaba- confirman que en este país no tenemos una sola sentencia por enriquecimiento ilícito. En Costa Rica ni un solo funcionario de alto nivel de jerarquía política ha estado sentado en un banquillo, en un juicio penal, para ser sancionado por un delito penal, donde esté de por medio la afectación de bienes del Estado.

Desde esa perspectiva, puedo sugerir como un tema por debatir también, aunque no sé si es posible o no para el tipo de oficinas que aquí estamos representando, establecer una especie de axiología de delitos o conductas sometidas a combate, conductas de corrupción, para orientar los esfuerzos institucionales por alcanzar verdaderamente, mediante los procesos penales correspondientes, sentencias ejemplarizantes que satisfagan a la sociedad.

Menciono, por vía de referencia, el caso italiano que, en algún momento, el mismo Poder Judicial, el gran ausente en estos debates, del tema de la corrupción, tuvo el Ministerio Público. El sistema judicial italiano, ante la imposibilidad de que los propios actores políticos parlamentarios y ejecutivos solventaran en serio el problema de la corrupción, adoptaron toda una estrategia judicial para lograr sentar en el banquillo de los acusados y lograr acusaciones efectivas contra algunos representantes de las clases gobernantes. Todos sabemos que, en algunos casos reales, se sentaron en el banquillo de los acusados y fueron penalizados altos dirigentes de los partidos políticos tradicionales de Italia; tanto es así que después, todos los partidos políticos tuvieron que cambiar sus nombres, y revestirse con un nuevo ropaje ideológico para poder seguir subsistiendo en el escenario político.

Yo me pregunto cuántos dirigentes políticos corruptos de América Latina han estado acusados en el banquillo correspondiente, y están exilados o terminan en una cámara senatorial o una cámara diputadil o negocian a futuro los puestos parlamentarios, etc., porque se sabe que van a quedar cubiertos por la inmunidad, y otra vez: “si te vi, no me acuerdo”.

Ante la ciudadanía, ante el común de las personas, eso sí es corrupción, eso sí genera una situación de legitimación, de confrontación, de pérdida de confianza, de ese asunto que, con mucha claridad han mencionado otros compañeros que me antecedieron en el uso de la palabra, de esa pérdida de valores, esa pérdida de identidad con esos valores que unen y nos identifican a todos los pueblos centroamericanos, y que hace que ese niño de la historia que contó el señor, dé ese tipo de respuestas porque reflejan algo.

Podemos encontrar el mejor de los códigos penales, podemos encontrar las mejores de las doctrinas traídas de Europa o de los países del Norte en materia de corrupción, pero hasta en eso existe que tener cuidado, porque existe una versión ideológica de corrupción, hay corrupción en el diálogo Norte-Sur, norteña, y existe corrupción sureña, dependiendo de cuál es el mejor de los intereses para las partes en esa ubicación político-ideológica; así es la corrupción. Lo menciono como algo que todos sabemos: en el sistema tributario alemán se podía manifestar para la afectación del impuesto de la renta, los sobornos, las propinas, las “coimas”, que los empresarios alemanes daban a los funcionarios públicos en América Latina, en los grandes procesos de compra de bienes o de servicios, etc., y eso era algo válido para ellos. Repito, hay niveles político ideológicos para definir qué es corrupción y qué no lo es.

El último dato técnico-jurídico que quiero mencionar por encima de estas valoraciones muy personales que hago, es el aspecto propiamente de las herramientas que los organismos, como contralorías, procuradurías, defensorías, fiscalías, podemos tener al respecto.

En algún momento don Benjamín mencionaba como una reflexión de importancia, haciendo un reclamo a las contralorías del área, que estas deben tener una participación preventiva, con un activismo más protagónico en la percepción y ubicación de problemas en los focos de corrupción en la gestión pública y, fundamentalmente, en la gestión de dineros públicos.

Hay que tener cuidado en ese aspecto, yo diría, don Benjamín, porque hacer eso es hacer que estos organismos comiencen a administrar y hacer que el funcionario público, el político de turno, no tome decisiones y entonces estas sean tomadas por los organismos contralores. Por la experiencia que tengo en la Procuraduría General y las experiencias que hemos compartido con la Contraloría General de la República, que muchas de las situaciones focalizadas de corrupción ha sido no por inercia de estos organismos o por ausencia o conductas omisivas, sino porque los funcionarios jerarcas competentes no han tomado las decisiones adecuadas en el momento en que deberían haberlas tomado, y han permitido que subalternos suyos, o bien ellos mismos, se aprovechen de esas circunstancias para cometer los ilícitos correspondientes.

Desde esa perspectiva soy más proclive a establecer lo que ahora también está de moda, volviendo a esa cuestión, lo que se llama “rendición de cuentas”, que es un tema de mucha importancia, en donde se le da una participación más directa, más inmediata a la ciudadanía para exigirle al funcionario público desde el más alto nivel, el Presidente de la República o hasta el funcionario de “staff” intermedio, una rendición de cuentas desde un punto de vista no estrictamente contable, que es lo tradicional, sino político, y sea a través de los mecanismos de responsabilidad política cubiertos con ropaje jurídico, como se le puede exigir al funcionario público eso, pero poner a estos organismos a prevenir haciendo auditorajes preventivos, etc., que en alguna medida, de manera excepcional pueden tener su sentido, pero si se generaliza y se transforma en una cuestión rutinaria, es traslocar la función de los organismos contralores, es ponerlos a ejercitar administración activa y evitar entonces que el administrador activo sea el que puede asumir la responsabilidad de turno.

Esas serían mis manifestaciones. Gracias.



LICENCIADO RAÚL PINEDA:

Qué bueno que haya participado don Francisco, de El Salvador, y el señor Procurador de Costa Rica, en tanto que es muy interesante vertebrar en un solo concepto sus dos apreciaciones. Don Francisco hablaba de ese afán perfeccionista que se da en la mayor parte de nuestras leyes contra la corrupción, en esa minuciosidad extrema que permite la penalización de acciones que siendo censurables, de repente corresponden más al campo de la moral, de la ética, que al campo del derecho penal.

El señor Procurador hablaba de la axiología, de la corrupción, de los matices del “iter crimine” de la corrupción. Uno de los estudios más completos que yo conozco sobre combate de la corrupción, el de Robert Clicard, habla de que la legislación que pretenda erradicar la corrupción es una entelequia, un sueño utópico.

Indudablemente, las leyes deben tener positividad y para que tengan positividad deben ser producto de un estudio, otro concepto que se ha mencionado acá, y un análisis que refleje lo que quiere la conciencia de la sociedad. ¿Qué es corrupción?, ¿cuáles son las categorías de la corrupción?, ¿qué consideran nuestras sociedades que es la peor corrupción o la menos mala corrupción?, ¿cómo podemos implantar un modelo que pudiera ser tomado de otro país, cuando una ley de esa naturaleza debe ser una especie de traje a la medida?

Hay sociedades con niveles de corrupción muy bajos, donde a mí me toco en varias ocasiones dejar olvidados objetos en un taxi y los daba por perdidos; sin embargo, el taxista llegaba al hotel a devolverme lo perdido, en Singapur, para ser más exacto.

Si nosotros conceptualizamos esas dos ideas que reflejamos que nuestras leyes contra la corrupción deben responder a la realidad de la conciencia social de cada uno de nuestros países, si definimos que en estas leyes de la corrupción solo deben figurar como tipos penales los actos que ciertamente ofenden los sentimientos elementales de probidad de nuestras sociedades, si nosotros, para legitimar el mensaje que surge de los congresos que son órganos políticos por excelencia, empezamos dando un ejemplo y tratando de disminuir dentro de lo posible todas las inmunidades y privilegios que generalmente solo sirven como un manto protector de monstruosos actos de corrupción, si nosotros hacemos ese análisis y también tenemos una cosmovisión, cuando se habla de las quiebras de los bancos en mi país, recién acaba de quebrar un banco, pero no era un banco del Estado, era un banco privado, pero el Gobierno asumió el pago de las deudas de ese Banco, de un banco particular.

He escuchado a aspirantes presidenciales decir que por qué se critica tanto el lavado. Entonces, hemos tomado un baldecito y le decimos: “Bueno, el lavado es sencillo y se lo vamos a explicar como a un niño. Tenemos la ropa sucia, el balde y el dueño de la ropa. El país es el balde, a ese país solo le va a quedar el agua sucia y pestilente después de lavar la ropa. La ropa se le entrega a su dueño quien, generalmente, es un varón de la droga, que vive fuera de Centroamérica”.

Cuando la clase política empiece a validar y a legitimar su discurso; cuando nosotros, logremos hacer análisis ajustados a la realidad, no entelequias, no utopías, no afanes perfeccionistas, sino cuando hagamos lo que dice el señor Procurador, el Diputado de El Salvador; cuando el mensaje del señor Benavides cale en nosotros, y volvamos a retomar algunas cosas del pasado como, por ejemplo, que hace veinticinco años en mi país era obligatorio llevar un curso de moral y cívica. Nos obligaban los sábados a conocer urbanidad, respetar a las personas mayores, devolver lo que uno se encontraba en la calle, que lo que no era de uno, no se tocaba.

Sin embargo, ahora vemos a jóvenes que parten de conceptos equivocados: que el que más tiene, más vale: tanto tienes, tanto vales; no tienes nada, no vales nada; si eres honrado, es que eres un tonto, tienes que ser listo. El que parpadea en la administración pública pierde.

Así, vemos cómo nosotros hemos pretendido invertir la carga de los valores, en nuestra juventud se han invertido. Cuando rescatemos nuestra tradición moral, social y también alguna tradición jurídica, cuando hagamos leyes a la medida, cuando hagamos los estudios previos y convirtamos esta democracia representativa, que insisto hay que reinventar para transformarla en una democracia verdaderamente eficiente y participativa; entonces, sí podemos decir que estamos empezando a generar los instrumentos para disminuir y, ojalá, para erradicar la corrupción, antes de que la corrupción no termine de disminuir o de hacer desaparecer la democracia, que es el mejor sistema, pero el más difícil de poner en práctica.

DOCTOR BENJAMÍN ODIO:

Quiero hacer unas pequeñas aclaraciones. Obviamente el hecho de delincuencia común de un asesinato de un menor, no es corrupción. Sería una herejía jurídica pensar que corrupción. Lo mencioné de esa manera, por la asociación que se hacía con los valores, que han dado al traste con todo nuestro esquema. Todo el trastoque de nuestro esquema de valores ha dado al traste con la sociedad y se han generado los actos de corrupción.

Al hablar de ese homicidio que les comenté, me refiero a la gente que vio lo que sucedió y no ha acudido, a pesar del llamado, a las autoridades para denunciarlo. Estas son situaciones asociadas a una actitud corrupta. Corrupción, por definición, es descomposición. Esto es parte del asunto. Es más filosófico, que de técnica jurídica.

En relación con las Contralorías, justamente es uno de los principales propósitos de la discusión, encaminar y ordenar estos conceptos y estas posibilidades; traer a la mesa posiciones que vean todos los ángulos, todos los puntos de vista.

Obviamente, en el aspecto de las contralorías no se trata de umpedir a los funcionarios públicos, que tienen su función específica, que puedan administrar. Esa es su función. La función contralora no es de administrar –justamente- don Román hizo una acotación muy importante sobre las obligadas declaraciones juradas de bienes.

Existen mecanismos en las distintas legislaciones –en Costa Rica los hay, por ejemplo- revisiones periódicas de control, como la declaración jurada en distintos momentos y en diferentes etapas de la prestación de los servicios públicos. Ese es un tema muy importante del que no se dispone en algunos otros países y en cuya obligatoriedad otros se vuelve ilusoria; y, en caso de que se detecten, se les pone una multa o una amonestación, simplemente. Esto no satisface las necesidades de control.

La declaración jurada de bienes antes, durante y después, puede llevarnos a un mecanismo de control como el deseado y como el que, de alguna manera, yo me he permitido recomendar, no solo producto de un aporte personal, sino como una inquietud de los expertos de los países.

Ese -el mecanismo de declaración jurada de bienes- llevado a un perfeccionamiento, es posible que sea una manera de mitigar un poco la situación esta de la pérdida de oportunidad, que se da cuando ya, cuatro, cinco o seis años después, se conoce que se dio una malversación de fondos.

LICENCIADO VÍCTOR HUGO MATA:

Quiero dejar planteado lo siguiente: En el tema de la corrupción, como en casi todos los asuntos de la vida, uno puede ver el lado positivo o el lado negativo de lo que hemos avanzado. Por supuesto, que si lo vemos bajo el punto de vista totalmente negativo, parece que no avanza nada, que las leyes no sirven para nada y que la misma sociedad es la incubadora de las conductas de corrupción y, prácticamente, tenemos que reinventar el Estado.

Yo prefiero tener una visión más positiva y optimista. Creo que hace veinte o treinta años este tipo de discusiones no se tenían en Centroamérica. Hoy las tenemos. Eso para mí constituye un avance. En mi país, por lo menos, hace escasos quince años estábamos enfrascados en una guerra civil. Ahora, aun con la fragilidad de democracia, muchos temas de la corrupción salen a la luz pública y los discuten en los periódicos. Esto es muy importante. Representa un avance muy significativo el hecho de que gente conozca lo que está sucediendo en el sector público.

Aún no hemos tenido –lo digo como ciudadano, no como funcionario porque no lo soy ni lo he sido- la posibilidad de sentar en el banquillo de los acusados a un corrupto, pero yo creo que va a llegar. Ya tuvimos, por ejemplo, el primer juicio ecológico en El Salvador. Sentamos en el banquillo de los acusados a un empresario. Eso es muy importante para nosotros, para todos. Eso es único para toda la sociedad. Va a llegar el momento en que vamos a sentar en el banquillo de los acusados a un corrupto y eso va a ser fundamental para todos.

Don Román Solís nos ha hablado de asuntos esenciales –por lo menos yo lo siento así- sobre lo que ha pasado en Costa Rica y de su misión. Lo único que no comparto, por el debate dialéctico, es la definición de corrupción, aunque creo que eso no tiene mucha importancia.

Hay un consenso ya en la Convención, que nos dice que es un acto de corrupción. Esto es lo que nosotros debemos implementar en nuestros país, que se cumpla el artículo 6 de la Convención, que define qué es corrupción. Tal vez no es la mejor tipología, pero es un avance.

Esto en el Código Penal de El Salvador, por ejemplo, no está reflejado en toda su amplitud. Hay que trabajar para que en los códigos penales, tal como dice el artículo 7, que se refiere a la legislación interna, se introduzca y hay que luchar, definitivamente, para que esto se cumpla.

Estos son pasos graduales. Posiblemente no seamos nosotros, sino que, en el futuro, serán las nuevas generaciones las capaces de ver un Estado más transparente, porque la corrupción no creo que desaparezca, pero por lo menos que la tengamos en un nivel manejable, de tal manera que no nos cause tanto daño porque, si pensamos que vamos a tener el Estado más perfecto del mundo, eso no existe ni existirá nunca; pero que al menos tengamos un apego estricto a la ley.

En El Salvador participé, con jefes de policía y diferentes funcionarios de la administración pública, en una reunión en la cual se discutió siempre lo mismo: cuestiones de derechos humanos y de la administración pública. Un jefe policial puso un ejemplo que me llenó mucho. Nos dijo: Juan Pérez, aquí en San Salvador se orina en cualquier lugar de la calle. Ese mismo Juan Pérez en Los Ángeles no lo hace. ¿Por qué es eso? Porque en Estados Unidos el valor de la ley es diferente del valor que nosotros tenemos en América Latina.

¿Vamos a conseguir eso? Creo que lo vamos a conseguir. Estamos avanzando. Este es un símbolo. La misma Convención es un símbolo. Son signos de los tiempos, que nos indican que estamos avanzando. Tal vez nosotros no lo disfrutemos, quizás lo hagan las futuras generaciones. Lo importante es que en este momento creemos compromisos serios para que esto se cumpla, a fin de que el futuro, el próximo año, en El Salvador, podamos decir que hemos dado un paso más en esto. Ya hemos llevado a un corrupto a la cárcel. Ya hemos impedido que una práctica equis de corrupción se castigue.

De esa manera podemos ver un lado más positivo de las cosas, porque si lo vemos negativamente, entonces, creo que nos negamos la capacidad de avanzar que tenemos los humanos y creo que hay un avance moral evidente en el mundo. No es igual el mundo de hoy que el de hace un siglo y mucho menos el mundo de Aristóteles, donde había esclavos, corrupción y de todo. Hemos avanzado. Lógicamente hay que valorar todo esto.

EL PRESIDENTE:

Quiero agradecerles la presencia de ustedes en esta tarde, sin la cual no hubiera sido posible presentar mañana el resultado, las recomendaciones y conclusiones de esta Comisión de trabajo sobre el diagnóstico de las leyes contra la corrupción en Centroamérica.

Mañana nos vamos a reunir a partir de las once horas para discutir el informe que se presentará en la tarde. Les ruego nos brinden sus puntos finales sobre ese documento.

Les reitero mi agradecimiento por su participación y nos vemos mañana.

Siendo las dieciocho horas con treinta minutos, se levanta la sesión.





Dr. Elpidio González
PRESIDENTE


ymm/ysr/rmvc
Rev. MRS

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